Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2001 (24/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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e) Presentar la informacion a que estan obligados de acuerdo a la resolucion autoritativa, de acuerdo a los terminos de referencia consignados en el correspondiente formato. f) Facilitar las labores de supervision por parte del personal de EL MIPE acreditado para tal fin. QUINTA.- DE LA CADUCIDAD DE LA CONCESION Son causales de caducidad: a) Transferir los derechos derivados de la concesion, sin la autorizacion del Ministerio de Pesqueria y sin suscribir el respectivo Convenio o Addendum. b) No iniciar el tramite ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa o ante la Autoridad de Aguas del Ministerio de Agricultura, segun corresponda, para la ocupacion de area acuatica en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de otorgada la concesion. c) Usar el area otorgada para el desarrollo acuicola para fines distintos a los autorizados. d) Incumplir con los compromisos asumidos en materia ambiental presentados a EL MIPE. e) Causar grave dano al ecosistema f) No permitir la realizacion de las evaluaciones y acciones de vigilancia y control que, como parte de sus funciones, realicen las autoridades competentes. g) Incumplir injustificadamente con el cronograma de instalacion y operacion de la concesion, asi como con las metas de produccion e inversiones estipuladas en la Memoria Descriptiva. h) No presentar los informes semestrales sobre las actividades realizadas. i) Obtener semilla del medio natural sin la correspondiente autorizacion del MIPE. SEXTA.- DEL PLAZO DEL CONVENIO El plazo de vigencia del Convenio sera de ............... ............anos, en razon a que su nivel de produccion corresponde a ............ ............ SEPTIMA.- DE LA ESTABILIDAD JURIDICA EN MATERIA DE NORMATIVIDAD ACUICOLA Durante la vigencia de la concesion, EL MIPE respetara y MORDAZA cumplimiento a las disposiciones que sobre materia acuicola se encuentren vigentes. Aquella normatividad que sobre preservacion y conservacion de las especies y del medio ambiente dicte EL MIPE, en lo que no afecte el desarrollo de la concesion otorgada, sera de cumplimiento de EL CONCESIONARIO. En senal de conformidad con los terminos y condiciones establecidas, MORDAZA partes suscriben el presente Convenio en dos (2) originales, en la MORDAZA de ......... ...... a los ..........dias del mes de ...........................del ............. ........................................... Por EL CONCESIONARIO 29676 ..................................... Por EL MIPE

General de Administracion de Recursos, sobre exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por situacion de urgencia; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos, la Jefatura de Logistica manifiesta que a consecuencia de la visita tecnica efectuada por personal de EDELNOR a nuestras instalaciones, se ha establecido la URGENCIA, de realizar un mantenimiento general a la Subestacion Electrica, que incluye entre otras cosas: cambio de terminal Pirelli, cambio de cableados, reactivacion de seis pozos a tierra, su senalizacion, etc., situacion de caracter extraordinario e imprevisible que compromete en forma directa e inminente los servicios esenciales de la institucion; siendo para ello necesario que la adquisicion de estos servicios esten exonerados del MORDAZA de Adjudicacion Directa y se proceda como una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo establece el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que el Articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las contrataciones y adquisiciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente ley; Que el Articulo 20º de la citada MORDAZA, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y en el caso de situacion de emergencia o de urgencia seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que la contratacion de los servicios para el mantenimiento general de la Subestacion Electrica del PROMUDEH, es estrictamente necesaria ya que la ausencia extraordinaria e imprevisible del servicio de energia electrica que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de la institucion y cualquier sobrecarga puede poner en riesgo las instalaciones de la entidad y la integridad fisica de los servidores de la institucion; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 165-2001-PROMUDEH/OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del Servicio de "Mantenimiento General de la Subestacion Electrica de la Sede Central del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, sito en Jr. Camana Nº 616 - Lima". Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de los servicios de "Mantenimiento General de la Subestacion Electrica de la Sede Central del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, sito en Jr. Camana Nº 616 - Lima". Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion de Recursos para que por intermedio de la Oficina de Logistica, realice la contratacion del

PROMUDEH
Autorizan contratacion de servicios de mantenimiento de subestacion electrica de la Sede Central del Ministerio mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 319-2001-PROMUDEH MORDAZA, 22 de agosto de 2001 Vistos el Oficio Nº 285-2001-PROMUDEH/OGAROL, emitido por la Oficina de Logistica de la Oficina

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