Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2001 (15/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2001

Plan de Operaciones, y como ha sido aprobado por su Junta Ejecutiva en el transcurso de la reunion realizada en el mes de setiembre de 2000, acepta contribuir para el periodo 2001-2005 un monto de US$ 4'418,000 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS), con cargo a los recursos regulares, y sujeto a la disponibilidad de fondos, y un monto de US$ 25'000,000 (VEINTICINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS) en otros recursos, y sujeto a la disponibilidad de contribuciones para fines concretos. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA El Plan de Operaciones contemplado en este Convenio cubre el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2005; en consecuencia todas las actividades que se realicen dentro de este periodo, estan sujetas a lo dispuesto en este Convenio que contempla el Plan de Operaciones y el Volumen, que como anexo forma parte de este Convenio. MORDAZA Este Convenio reemplaza y deja sin efecto el plan 1996-2000 de operacion aprobados y firmados anteriormente por el GOBIERNO y UNICEF. TERCERA Este Convenio entre el GOBIERNO y UNICEF, sobre el Programa de Cooperacion PERU - UNICEF, 20012005, se rige, para todos sus efectos, por las disposiciones contenidas en los convenios internacionales del sistema de Naciones Unidas, suscritos y ratificados por el Peru en relacion con las actividades de Naciones Unidas y especificamente por UNICEF en el ambito de la Republica Peruana y que se mencionan en forma taxativa, en la parte considerativa de este Convenio. CUARTA Toda diferencia en la aplicacion o interpretacion de lo dispuesto en este Convenio, sera sometida al procedimiento de solucion que de comun entendimiento, establezcan el GOBIERNO y UNICEF. MORDAZA Este Convenio entrara en vigencia para MORDAZA partes, a partir de la fecha fijada como inicio del Programa de Cooperacion PERU - UNICEF, 2001 -2005. EN FE DE LO CUAL, suscriben este Convenio en dos ejemplares originales, en la MORDAZA de MORDAZA, a los diez dias del mes de enero de 2001. POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (Firma) POR EL FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA UNICEF (Firma) 26952

Debiendo realizarse la II Reunion del Grupo de Trabajo sobre Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 12 al 13 de MORDAZA del ano 2001; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1762, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 10 de MORDAZA del ano 2001; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de MORDAZA del ano 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de MORDAZA del ano 2001; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MezaCuadra MORDAZA, Director de Cooperacion Politica e Integracion, para que participe en la II Reunion del Grupo de Trabajo sobre Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 12 al 13 de MORDAZA del ano 2001. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 727,18, viaticos US$ 600,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 27218

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Establecen disposiciones relativas a la conformacion y funcionamiento de comisiones especiales encargadas de revisar los ceses colectivos en el sector publico
DECRETO SUPREMO Nº 022-2001-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Autorizan viaje de funcionario diplomatico a la Republica de MORDAZA, para participar en la II Reunion del Grupo de Trabajo sobre Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 286-2001-RE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2001

Que, el 23 de junio de 2001 se publico la Ley Nº 27487, que deroga el Decreto Ley Nº 26093 y autoriza la conformacion de comisiones especiales encargadas de revisar los ceses colectivos en el sector publico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2001-TR, se reglamento la Ley Nº 27487, que senala las reglas que permiten cumplir con el plazo legal de 45 (cuarenta y cinco) dias habiles establecidos para la elaboracion de los informes finales de las Comisiones Especiales, y por otro lado, contar con una participacion plural de los trabajadores afectados de las entidades; Que, para la primera etapa que culmina el 26 de MORDAZA de 2001, las Comisiones Especiales deben elaborar un informe preliminar que describa el numero y nomina de trabajadores cesados en aplicacion del Decreto Ley Nº 26093 u otra MORDAZA legal;

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