Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2001 (15/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2001

contraidas en el MORDAZA con anterioridad a la referida revocacion. Articulo 3º.- Argenta Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV al dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion y bajo responsabilidad, mediante inventario, los valores depositados, asi como el dinero y/o cheques pendientes de entrega de propiedad de sus comitentes. CONASEV designara a una sociedad agente de bolsa para que se encargue de la custodia de los mismos, asi como de los valores representados por anotaciones en cuenta que no hayan sido transferidos. Articulo 4º.- Dentro del plazo senalado en el articulo precedente, Argenta Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV, bajo responsabilidad y mediante inventario, todos sus libros de operaciones y registros relacionados con la intermediacion en el MORDAZA de valores. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de un aviso en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion con el fin de que las personas que se consideren afectadas por la actuacion de Argenta Sociedad Agente de Bolsa S.A. en el MORDAZA, presenten sus reclamaciones ante la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, archivese, publiquese y transcribase la presente resolucion a Argenta Sociedad Agente de Bolsa S.A., a Cavali ICLV S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a la Asociacion de Sociedades Agentes de Bolsa. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente del Directorio 27143

Articulo 2º.- Los interventores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A. podran ejercer, separada o conjuntamente, las siguientes atribuciones: a) Realizar todo acto de gestion o administracion que tenga por objeto proteger el patrimonio de los asociados del sistema de fondos colectivos que fuera administrado por Promotora Plan Rapido S.A.; b) Asumir el control de las cuentas bancarias a nombre de Promotora Plan Rapido S.A. con el objeto de proteger el patrimonio de los asociados del sistema de fondos colectivos que fuera administrado por Promotora Plan Rapido S.A.; c) Representar conjunta o separadamente al fondo colectivo que fuera administrado por Promotora Plan Rapido S.A. en todas las acciones judiciales que involucren directa o indirectamente el patrimonio del fondo colectivo que fuera administrado por Promotora Plan Rapido S.A., otorgandoseles para estos efectos las facultades generales y especiales senaladas en los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil; en consecuencia, quedan facultados para demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, participar en audiencias, desistirse del MORDAZA y de la pretension, allanarse a la pretension, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el MORDAZA, sustituir o delegar la representacion procesal y para los demas actos que exprese la ley; d) Adoptar las demas medidas necesarias para la liquidacion del sistema; e) Delegar en uno o mas funcionarios de CONASEV el ejercicio de una o mas de las atribuciones senaladas. Articulo 3º.- Las facultades conferidas a los interventores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A. podran ser ejercidas indistintamente por cualquiera de ellos. Articulo 4º.- En ningun caso la intervencion sera entendida como sustitutoria o eximente de la responsabilidad de los directores, gerentes y administradores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A. Articulo 5º.- Los interventores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A. deberan informar a la Gerencia General de CONASEV por intermedio de la Gerencia de Intermediarios y Fondos la situacion de la empresa, en las oportunidades que determine la Gerencia General. Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

Designan interventores de las empresas Promotora Plan Rapido S.A., Union de Tanomoshis S.A., Compania Secof S.A. y Auto Ventaja S.A.
RESOLUCION CONASEV Nº 041-2001-EF/94.10 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2001 VISTOS: El Informe Nº 036-2001-EF/94.55, de fecha 6 de MORDAZA de 2001, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 113-96-EF/ 94.10 de fecha 2 de MORDAZA de 1996, se dispuso la intervencion de la empresa Promotora Plan Rapido S.A., bajo la modalidad de supervision de administracion y gestion social de la empresa, fijandose las facultades de los interventores designados en la misma Resolucion; Que, resulta necesario renovar la designacion de los interventores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A.; Que, asimismo, es conveniente precisar las atribuciones de los interventores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A.; y, Estando a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26162; Articulos 2º inciso e) y 3º del Decreto Ley Nº 21907; Articulos 82º y 83º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 730-97-EF/94.10; asi como a lo acordado por el Directorio de esta Institucion reunido en sesion de fecha 9 de MORDAZA de 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como interventores de la empresa Promotora Plan Rapido S.A. a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edgard MORDAZA Egusquiza Ocana y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perez.

MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 27146 RESOLUCION CONASEV Nº 042-2001-EF/94.10 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2001 VISTOS: El Informe Nº 036-2001-EF/94.55, de fecha 6 de MORDAZA de 2001, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 085-94-EF/ 94.10.0 de fecha 2 de marzo de 1994, se dispuso la intervencion de la empresa Union de Tanomoshis S.A., bajo la modalidad de supervision de administracion y gestion social de la empresa, fijandose las facultades de los interventores designados en la misma Resolucion; Que, resulta necesario renovar la designacion de los interventores de la empresa Union de Tanomoshis S.A.; Que, asimismo, es conveniente precisar las atribuciones de los interventores de la empresa Union de Tanomoshis S.A.; y, Estando a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26162; Articulos 2º inciso e) y 3º del Decreto Ley Nº 21907; Articulos 82º y 83º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONA-

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