Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2001 (26/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 207529

c) Preparar el area de trabajo con el fin de tener facilidad para la realizacion de las tareas y un escape facil. Articulo 188º.- En los lugares en que las obras mineras pongan en peligro la estabilidad de las labores, sera obligatorio instalar y mantener un sostenimiento apropiado y realizar revestimientos necesarios. Articulo 189º.- Cuando en el avance de aberturas mineras horizontales, inclinadas o verticales, se encuentren rocas incompetentes se procedera a su fortificacion o revestimiento inmediato MORDAZA de continuar las perforaciones de la labor en avance. Articulo 190º.- Los soportes para los techos, MORDAZA y/o pisos deben ubicarse de manera uniforme y a intervalos apropiados, respetando las especificaciones tecnicas adecuadas a cada situacion particular. El personal destinado a la ejecucion de estos trabajos debe ser previamente capacitado. Articulo 191º.- Se prohibe la remocion o adelgazamiento de MORDAZA o estribos de sostenimiento sin reemplazarlos. Se admitira tal procedimiento si se trata de implantar un sistema de explotacion tecnicamente justificado. SOSTENIMIENTO CON RELLENO Articulo 192º.- En toda operacion de relleno de labores explotadas se debera cumplir con las siguientes medidas de seguridad: a) Despues de la operacion de relleno, la chimenea debe quedar limpia para no causar problemas de ventilacion y perforacion en el tajeo. b) En el caso de relleno hidraulico, la preparacion del tajeo con MORDAZA, puntales, enrejados y yute debe hacerse de manera MORDAZA que no se produzcan escapes. c) En el caso de corte y relleno descendente el relleno hidraulico no debe dejar espacio abierto hacia el techo, para evitar que se produzcan subsidencia en el nivel superior. Ademas es imprescindible el uso de armadura de hierro tales como cables, mallas, y otros similares en las lozas para asegurar que no fallen al esfuerzo de corte, flexion o cizalla. Articulo 193º.- Para la etapa de relleno deberan cumplir con las siguientes disposiciones: a) Realizar estudios de resistencia, granulometria, limites de contenido de agua, estabilidad fisica y quimica del material de relleno. b) Encontrar la resistencia a la compresion uniaxial (RCU) ideal del relleno en funcion de su densidad, del ancho, altura y longitud del tajeo. c) Asegurar la compactacion del material y el relleno total de los espacios abiertos para garantizar que no habran futuras subsidencias o fracturamiento que afecten la estabilidad del area minada. d) En el caso de corte y relleno descendente, la dosificacion y calidad de los ingredientes, el espesor y el MORDAZA de hierro de la viga deberan ser los mas adecuados despues de apropiadas pruebas de campo. OTROS TIPOS DE SOSTENIMIENTO Articulo 194º.- En labores que se tendra abierto por un tiempo considerable, llamese crucero, galeria, cortada, rampa, tunel se podra utilizar como elementos de sostenimiento el lanzamiento de hormigon manteniendo las caracteristica tecnicas de resistencia a la compresion simple, a la traccion, a la flexo-traccion y adhesion. Este MORDAZA de sostenimiento puede ser combinado con pernos de MORDAZA, mallas, barras ranuradas de friccion, entre otros. MINERIA SUBTERRANEA SIN RIELES Articulo 195º.- Para la explotacion subterranea sin rieles, el titular debera seleccionar el metodo de minado mas seguro, comparandolo con otras alternativas, cumpliendo ademas con lo dispuesto en los incisos que le conciernan del Articulo 329º del presente Reglamento. MINERIA A MORDAZA ABIERTO Articulo 196º.- En las etapas de exploracion, explotacion incluyendo la preparacion y desarrollo de la mina, los titulares cumpliran con:

a) El diseno adecuado de: altura de bancos, gradientes y ancho de rampas, talud de operacion y talud final de los bancos, altura minima de bermas de seguridad, ubicacion de botaderos y pilas de mineral, condiciones de MORDAZA de equipos y personal. b) Las gradientes de las rampas no deben ser mayores de 12%. c) Construir rampas o vias amplias de no menos 3 veces el ancho del vehiculo mas grande de la mina, en vias de doble sentido; y no menos de 2 veces de ancho en vias de un solo sentido; si la mecanica de rocas presenta terrenos incompetentes, el titular determinara realizar vias del ancho de la maquinaria mas grande de la mina, mas 20% de espacio para la cuneta y mantener la altura del diseno en funcion a la maquinaria. d) Espacios laterales de alivio, para dar pase a la maquinaria o vehiculos que circulen en sentido contrario; manteniendo el sector senalizado con material reflectivo de alta intensidad, cuando el uso de la via es permanente. e) Berma de seguridad no menos de ¾ partes de la altura de la llanta mas grande de los vehiculos que circulan por los caminos, rampas y/o zig-zags lateralmente libres. f) Las carreteras deben mantenerse permanentemente regadas, las cunetas limpias. g) Las vias de circulacion deben senalizarse adecuadamente con material reflectivo de alta intensidad, especialmente en las curvas. h) Para la circulacion vehicular en superficie, el titular de la actividad minera, esta en la obligacion de construir carreteras de alivio en las vias de circulacion con pendientes mayores del 5% (rampas, accesos o zigzag), diagonales a las vias existentes y ubicadas en lugares pre establecidos. i) Estas carreteras de alivio, deben servir para ayudar la reduccion de la velocidad de la maquinaria, controlarlo hasta detenerlo. Articulo 197º.- Para la explotacion minera superficial corresponde al titular realizar estudios sobre la geologia, geomecanica, hidrogeologia y mecanica de rocas, a fin de mantener seguras y operativas las labores mineras y las instalaciones auxiliares tales como: subestaciones electricas, estaciones de bombeo, talleres en superficie, polvorines, bodegas, taludes altos, botaderos y otros. De acuerdo a la evaluacion de riesgos, es obligatorio la presencia permanente de un supervisor en las labores mineras de alto riesgo. Articulo198º.- Se estableceran botaderos de acuerdo al proyecto preparado por el titular. En su diseno se tomara en cuenta lo siguiente: a) La resistencia del terreno. b) Las caracteristicas fisicas y quimicas del material a depositarse. c) El MORDAZA del talud. d) El drenaje (natural y artificial). e) Su resistencia a sismos, combustion espontanea, arrastre y su impacto sobre el ambiente de trabajo. Articulo 199º.- La pendiente general del tajo sera establecida bajo condiciones seudo estaticas asumiendo las maximas aceleraciones sismicas y lluvias para un periodo de retorno de cien (100) anos. Articulo 200º.- Si la explotacion a MORDAZA abierto se realizara en las proximidades de labores subterraneas, se dispondra de los planos actualizados para ubicar las labores y adoptar las medidas de seguridad pertinentes. SUBCAPITULO DOS ACCESOS Y VIAS DE ESCAPE Articulo 201º.- En las bocaminas, piques, chimeneas e inclinados y operaciones superficiales se deben observar las siguientes condiciones de seguridad: a) Los caminos peatonales exteriores que conduzcan a la mina deberan ser amplios y seguros con gradientes menores de 20º. b) Toda mina debe tener, por lo menos, dos (2) vias de acceso a la superficie, separados entre si como

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.