Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2001 (14/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 204414
Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : H24

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de junio de 2001

: Av. MORDAZA MORDAZA Nº 795, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 35' 19.5" L.S. 09° 04' 11"

De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la empresa SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A. SORACOSA, la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial por Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de Planta Retransmisora : BC-OM : 950 KHz. : OBX-3S-OM : 1 KW. : 10A3E : H24 : Esquina MORDAZA s/nº, Urb. Los Alamos, PPAO, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 32' 46" L.S. 09° 05' 39" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 107-86-TC/TEL, y se otorga en periodos sucesivos, por tanto vencera el 19 de agosto del ano 2006. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 25175

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 109-92-TC/15.17, por tanto vencera el 13 de febrero de 2002. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 25177 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 360-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de junio de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIAL MORDAZA S.A., hoy SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A. - SORACOSA, sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA y departamento de Ancash; asi como, que se le autorice el cambio de caracteristicas tecnicas de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 107-86-TC/TEL del 19 de agosto de 1986, se concedio a la empresa RADIAL MORDAZA S.A., autorizacion, en periodo de prueba de un (1) ano, para instalar y operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA y departamento de Ancash; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 139-2000-MTC/ 15.03 del 25 de MORDAZA de 2000, se aprueba la transferencia de las autorizaciones de radiodifusion, asi como los procedimientos en tramites relativos a la obtencion de dichos derechos solicitados por la empresa RADIAL MORDAZA S.A., a favor de la empresa SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A. - SORACOSA; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 128-2001-MTC/15.19.03.2 senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion, se constato que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento; por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendose los cambios de ubicacion, de modalidad de operacion y MORDAZA de emision de la estacion acotada; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2482001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, en periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 107-86-TC/TEL, asi como tambien es procedente autorizar el cambio de caracteristicas tecnicas MORDAZA indicadas;

Aprueban canalizacion de bandas atribuidas en la Nota P85 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias para servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 407-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 13 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 250-97-MTC/15.19 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 231-2001-MTC/ 15.03 se modifico la Nota P85 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, atribuyendo las bandas comprendidas entre 27,5 - 28,35 GHz; 29,10 - 29,25 GHz, 31,00 - 31,30 GHz y 40,5 - 42,5 GHz para los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, la Comision encargada de elaborar los planes de canalizacion de frecuencias designada mediante Resolucion Viceministerial Nº 123-97-MTC/15.03 y sus modificatorias, ha emitido el Informe Nº 002-2001-CC/PNAF recomendando la aprobacion de la canalizacion de las bandas atribuidas en la Nota P85 del PNAF para los servicios publicos de telecomunicaciones, por lo que debe expedirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la canalizacion de las bandas atribuidas en la Nota P85 del PNAF para los servicios publicos de telecomunicaciones, conforme al Anexo que se adjunta a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.