Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2001 (14/06/2001)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 14 de junio de 2001

Que, conforme lo establece el Articulo 40º de la Ley Nº 23853, para que el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA sesione se requiere un quorum de cuatro miembros, ya que el Concejo esta conformado por un total de seis miembros, por lo que al no haber podido reunirse el quorum de ley, no resulta aplicable al presente caso el Articulo 26º numeral 5) citado; el cual es aplicable solo cuando las sesiones se han realizado efectivamente; Que, observandose que la inasistencia de los Regidores MORDAZA MORDAZA Ayasta, Geovani Piscoya MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Barba, producen la falta de quorum, seria aplicable lo que el Articulo 42º de la citada Ley Organica dispone esto es que el Concejo 1º) efectue los requerimientos a los Regidores inasistentes por tres veces en el plazo de 8 dias; 2º) efectue la tercera citacion bajo apercibimiento de declarar la vacancia; 3º) se deje MORDAZA en acta suscrita por el MORDAZA y los Regidores de la persistencia en la inasistencia; y, 4º) se remita dicha acta a este organo electoral para pronunciamiento de Ley; debiendo, asimismo, remitir los cargos de los requerimientos efectuados a los Regidores que impiden el funcionamiento del Concejo, debidamente diligenciados por autoridad competente, y cumpliendo con la formalidad que se exige para las notificaciones en la legislacion civil; pruebas estas que no han sido remitidas por los recurrentes; Que, el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA al haber declarado la vacancia sin el quorum de ley, no ha cumplido ni con lo que dispone los Articulos 26º y 27º de la Ley Organica de Municipalidades, ni con lo que dispone el Articulo 42º de la misma ley, por lo que tanto el Acuerdo como la Resolucion Municipal Nº 002-01-MDPN-F del 21 de marzo de 2001, devienen en nulos; Por tales consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo el Acuerdo de Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA, provincia de Ferrenafe, departamento de MORDAZA, de fecha 16 de marzo de 2001 y nula la Resolucion Municipal Nº 002-01-MDPN-F del 21 de marzo de 2001, que declara la vacancia de los cargos de Regidores ejercido por los senores MORDAZA MORDAZA Ayasta, Geovani Piscoya MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Barba; e, improcedente la convocatoria de nuevos Regidores. Articulo Segundo.- Declarar que los senores MORDAZA MORDAZA Ayasta, Geovani Piscoya MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Barba, deben continuar ejerciendo el cargo de Regidores en el citado Concejo. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 25269

Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones en sesion privada de fecha 15 de enero del 2001, acordo requerir al senor Afranio MORDAZA Pena Ocana, para que cumpla con remitir MORDAZA del acta de sesion de concejo de fecha 30 de noviembre del 2000, en la que se declara la vacancia de su cargo de MORDAZA en el Concejo Distrital de Sondor, por haber incurrido en la causal prevista en el Articulo 23º inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, MORDAZA que impide a las autoridades ediles tener interes en los contratos otorgados por las municipalidades; Que, con fecha 5 de marzo del 2001, se ha remitido MORDAZA de la referida acta en forma presuntamente adulterada, por lo que debe remitirse la denuncia de vistos al Ministerio Publico, para que proceda con arreglo a sus atribuciones; Que, segun se infiere del acta de fecha 30 de noviembre del 2000, el Concejo Distrital de Sondor con 3 votos de sus miembros, declaro la vacancia del cargo de MORDAZA del senor Afranio MORDAZA Pena Ocana en el referido concejo, denunciado por nepotismo e interes en los contratos municipales; Que, el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo MORDAZA inciso b) de la Resolucion Nº 148-98- JNE de fecha 21 de MORDAZA de 1998, el Concejo Distrital de Sondor, esta constituido por el MORDAZA y cinco Regidores; por tanto segun lo previsto en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la mayoria del numero legal la constituyen 4 miembros; en el presente caso no se ha alcanzado dicho numero, por lo que el acuerdo suscrito es nulo e insubsistente; Al MORDAZA de la MORDAZA citada, el MORDAZA Nacional del Elecciones: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo e insubsistente el acuerdo de fecha 30 de noviembre del 2000 del Concejo Distrital de Sondor, que declara la vacancia del cargo de MORDAZA, del senor Afranio MORDAZA Pena Ocana en el citado concejo; en consecuencia improcedente la solicitud de vistos de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Aguilera Agurto. Articulo Segundo.- Declarar que el senor Afranio MORDAZA Pena Ocana, continua en el ejercicio del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Sondor, elegido en el periodo 1999-2002. Articulo Tercero.- Remitir al Sr. Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Piura- Tumbes, MORDAZA del acta de fecha 30 de noviembre del 2000, y MORDAZA de la denuncia de los Regidores de fojas 230, en contra del senor Afranio MORDAZA Pena Ocana, para que proceda con arreglo a sus atribuciones. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 25270

Declaran que MORDAZA del Concejo Distrital de Sondor continua en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 502-2001-JNE MORDAZA, 12 de junio de 2001 EXP. Nº 1123-V SONDOR VISTOS: La solicitud presentada con fecha 30 de marzo del 2001, por los Regidores del Concejo Distrital de Sondor, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Aguilera MORDAZA pidiendo se ratifique la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce el senor Afranio MORDAZA Pena Ocana; asimismo el recurso del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de Huaricanche denunciando la adulteracion de la MORDAZA del acta de la sesion de concejo de fecha 30 de noviembre del 2000; y,

Otorgan credencial a regidor convocado al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 503-2001-JNE MORDAZA, 12 de junio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 0015-2001 MDMI/A recibido con fecha 5 de febrero del 2001 del senor MORDAZA Ediver MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de

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