Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2001 (14/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de junio de 2001

Adjunta Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Tumbes, materia de la Resolucion Nº 1274-97-MP-CEMP, de fecha 12 de diciembre de 1997, debiendo retornar a su cargo de MORDAZA de Fiscal Adjunta Provincial Titular del Distrito Judicial de Piura. Articulo Segundo.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbegozo, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Distrito Judicial de MORDAZA, al Despacho de la Primera Fiscalia Provincial en lo Penal de Piura. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto toda Resolucion de nombramiento, designacion, reserva de plaza o destaque expedida por la Fiscalia de la Nacion, ex Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y ex Consejo Transitorio. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Tumbes, Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de MORDAZA y Tumbes, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia General del Ministerio Publico y a la Fiscal mencionada para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 25262

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de funcionarios del INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 450/INC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 136-2001-INC/DE, el senor MORDAZA Mazzini MORDAZA, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Cultura, requiere a la Gerencia Administrativa de la Entidad la renovacion de los Contratos de funcionarios del INC, detallada en relacion adjunta, desde el 1 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre del presente ano, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante Informe Nº 086-2001-INC/GA-SGL. la Subgerencia de Logistica senala que con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados institucionalmente es necesario dar continuidad a los programas, proyectos, etc., de los diferentes organos de la Institucion y estando vigentes las encargaturas de los funcionarios que figuran en la relacion alcanzada, carece de objeto llevar a cabo los procesos de seleccion para la contratacion de los servicios que vienen prestando dichos funcionarios; Que, por Informe Nº 117-2000-INC/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto senala que existen los recursos economicos presupuestales para realizar los contratos de los directivos (funcionarios) de las diferentes Unidades Organicas, precisandose su afectacion a nivel de metas presupuestarias conforme al Anexo del Informe Nº 083-2001-INC/GPPSGPCT; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso f) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones de bienes y servicios cuando no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Nº 381-2001-INC/GL, se establece que habiendose determinado las contrataciones de los servicios que prestan los funcionarios encargados, mediante un acto administrativo (Resoluciones Ministeriales y Resoluciones Directorales Nacionales) no se admiten sustitutos en tanto no MORDAZA designados en dichas funciones con las formalidades previstas en el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Legislativo Nº 560, razon por lo cual carece de objeto llevar a cabo los Procesos de Seleccion pertinentes y porque corresponde expedir previamente la Resolucion Directoral Nacional que exonere sus contrataciones de los Procesos de Seleccion; Estando a lo visado por la Gerencia Administrativa, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", el Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2001", Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:

SBS
Aprueban actualizacion del monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos, correspondiente al trimestre junio-agosto de 2001
CIRCULAR Nº B-2090-2001 MORDAZA, 12 de junio del 2001 CIRCULAR Nº B-2090-2001 F-0429-2001 CM-0276-2001 CR-0145-2001 Ref.: ---------------------------------------Actualizacion del monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre junio 2001 agosto 2001. ----------------------------------------

Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo junio 2001 - agosto 2001, del monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos, senalado en el Articulo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos durante el periodo junio 2001 - agosto 2001 se indica a continuacion: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS Monto en Nuevos Soles JUNIO 2001 / AGOSTO 2001 (*) 68 174,00

(*) Actualizacion para el trimestre junio 2001 - agosto 2001 en base a la Variacion IPM diciembre 1998 - MORDAZA 2001: 1,09957734 Atentamente, MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 25242

Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion a los Procesos de Seleccion de Adjudicacion Directa la Contratacion de los funcionarios del Instituto Nacional de Cultura, segun se detalla en Anexo adjunto, los mismos que cuentan con encargaturas para el desempeno de sus respectivas funciones, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Cultura la contratacion de los

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