Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2001 (17/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de junio de 2001

por el Concejo Municipal en uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 36º, numeral 14 de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el MORDAZA es el personero legal de la municipalidad y le compete ejecutar los planes de desarrollo local, segun el Articulo 47º, inciso 4), de la Ley Organica de Municipalidades; Que, del analisis de las experiencias de desarrollo local, permiten indicar que sus mejores avances y logros reconocen como uno de sus factores principales, los procesos de participacion concertada a nivel local; Que, de otro lado, las tendencias modernas de gestion publicas, eficiente, vienen superando los patrones tradicionales de centralizacion, sectorializacion, autoritarismo, exclusion, improvisacion, mediante el mayor nivel de involucramiento de los ciudadanos e Instituciones en los diversos niveles de gestion del desarrollo en funcion de las prioridades sociales concertadas, el impulso de la construccion de visiones compartidas del futuro y claridad de objetivos estrategicos, la coordinacion interinstitucional, intersectorial e interdisciplinaria, la creacion de espacios para la resolucion de conflictos y la asignacion de recursos participativamente; Que, Ate involucra un MORDAZA historico de aproximadamente 7,000 anos, cuyo testimonio queda evidenciado en los monumentos arqueologicos que engalanan nuestra vasta historia y cuna de una de las mas importantes luchas sociales por los derechos laborales de los trabajadores peruanos, la jornada de 8 horas, demostrando un amplio protagonismo de las fuerzas sociales del distrito de la Historia Peruana; Que, siendo el desarrollo derecho de todos y, al mismo tiempo, responsabilidad de todos, corresponde al Gobierno local institucionalizar la participacion concertada, para asegurar la mayor cobertura e impacto positivo de las acciones de desarrollo, representando a los vecinos de la circunscripcion, fomentando el bienestar comun y promover el desarrollo local de los ciudadanos; Que, el Plan de Desarrollo Integral del distrito de Ate, constituye un instrumento tecnico politico participativo de gestion del Gobierno Distrital donde se expresa el anhelo de los vecinos y ciudadanos, sobre el distrito al que se aspira; con una vision MORDAZA y definida del desarrollo local integrado, armonico y sostenido, con el compromiso de los diferentes actores y una dinamica de calidad de gestion municipal acorde con nuevos roles y retos que el MORDAZA actual exige; Que, el Plan de Desarrollo Integral requiere para su implementacion la constitucion de un modelo de gestion que articule los espacios de concertacion establecidos en el MORDAZA de planificacion y las metas sectoriales constituidas MORDAZA del MORDAZA que permita coordinar y planificar el desarrollo local, en la cual puedan intervenir las organizaciones sociales, culturales y economicas las instituciones publicas y privadas y la municipalidad como conductora del proceso; Que, el Plan de Desarrollo Integral, alcanzara mejores resultados, cuando concurran las condiciones capaces de generar energias, entre ellas: la voluntad politica de las autoridades locales y voluntad favorable de las organizaciones sociales para definir compromisos a traves de la concertacion, construccion de alianzas basicas entre actores locales; la elaboracion y ejecucion de planes realistas y de proyectos demostrativos; la creacion de mecanismos de participacion permanentes y flexibles; Que, por lo expuesto y de conformidad con el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades que dispone que la organizacion, administracion o prestacion de los servicios publicos locales, el cumplimiento de funciones generales o especificas de las municipalidades, se regulan mediante Ordenanzas; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por Unanimidad de los Sres. Regidores, y con la dispensa de la lectura y aprobacion de Actas; se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL DISTRITO DE ATE AL 2010 Articulo Primero.- Ejecutar la Formulacion del Plan de Desarrollo Integral del distrito de Ate al 2010,

liderada por la Municipalidad mediante el MORDAZA de planificacion estrategica participativa y concertada, con el aporte y participacion activa de los organismos sociales e instituciones publicas, privadas, religiosas, organizaciones gremiales y empresariales, ONGs, medios de comunicacion representativas del pueblo de Ate. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza es de observacion y cumplimiento por las autoridades municipales, entidades publicas y privadas, actores sociales organizados, organizaciones gremiales y empresariales, medios de comunicacion, agentes economicos con sede en el distrito de Ate, por todos los miembros de la comunidad y por quienes se encuentran de MORDAZA en el distrito de Ate. Articulo Tercero.- Facultar a la Direccion de Planificacion del Desarrollo Local, para que a traves de la Subdireccion de Planificacion y Presupuesto, proceda a la incorporacion en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate el Presupuesto del Plan de Desarrollo Integral del distrito de Ate, en las asignaciones especificas del gasto correspondiente. Articulo Cuarto.- Aprobar la Constitucion del Comite Impulsor del Plan de Desarrollo Integral del distrito de Ate, que se encargara de la supervision y conduccion tecnica del Plan de Desarrollo Integral, en base a la Metodologia de la Planificacion Estrategica Participativa y Concertada las acciones conducentes a la formulacion del Plan de Desarrollo Integral, en concordancia con las politicas institucionales de la municipalidad, conformado de la siguiente manera: COMITE DIRECTIVO: Presidente Integrantes COMITE TECNICO: Secretario Ejecutivo : Director de Planificacion del Desarrollo Local Integrantes : Director Municipal Director de Participacion Ciudadana Director de Servicios Publicos Locales Director de Administracion Director de Gestion MORDAZA Asesor de Participacion Ciudadana Subdirector de Desarrollo Institucional, Informatica y Estadistica : MORDAZA Irigoyen MORDAZA Centro IDEAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA OACA MORDAZA MORDAZA MORDAZA INICAM MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEPRODUR MORDAZA Puell MORDAZA ADELH MORDAZA MORDAZA CALANDRIA : Subdirector de Planificacion y Presupuesto. : MORDAZA : 13 Regidores del Concejo

Instituciones Participantes

Secretario Tecnico

El Comite Impulsor del Plan de Desarrollo Integral de Ate, permitira la participacion de la sociedad sin exclusiones, facilitando la participacion multisectorial y de organizaciones economicas, sociales, culturales, ambientales, politicas, entre otras. Articulo Quinto.- La Municipalidad Distrital de Ate realizara un Evento y Exposicion Publica para presentar a la Poblacion del distrito el Documento Final del Plan de Desarrollo Integral del distrito de Ate, para su difusion, la cual incorporara una propuesta de Monitoreo y Evaluacion del Plan; el cual se llevara a cabo en el mes de setiembre. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Planificacion y Desarrollo Local para organizar y coordinar las actividades que permitan desarrollar el Plan de Desarrollo Integral de Ate, y emitir las normas complementarias para promover el normal desenvolvimiento de las actividades para el Plan de Desarrollo Integral del distrito de Ate.

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