Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2001 (17/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

N° DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

ORD.

CALIFICACION Evaluacion Hasta 30 Dias Autom. Silencio Silencio Admin. Admin. (+) (-) Apelacion Comision Tecnica Provincial

MORDAZA, MORDAZA 17 de junio de 2001

por c/delegado ad-hoc: 0.02% Valor de obra monto minimo por revision: 1% de la UIT por especialidad o delegado Derechos por Supervision: Facultativa: 2% UIT por visita (minimo 3) Obligatoria: 2% UIT por visita (minimo 3) (opcion "a" y autoconstruccion) De ser procedente: Liquidacion de derechos municipales segun valor de obra: Licencia de Obra = 0.4% del V.O. 1º-2º y 3º control de Obra = 0.9% del V.O. Deterioro Pistas y Veredas = 0.6% del V.O (Sujeto a reajuste mensual de acuerdo a los indices aprobados por el INEI) Carton de Licencias: S/. 20.00 Nuevos Soles Liquidacion por Numero: S/. 40.00 Nuevos Soles (por cada numero asignado en viv. unifam. en departamento, en c/ estac., en cada deposito y otros susceptibles de numerarse).

NORMAS LEGALES

NOTA: Cada revision adicional por especialidad, requerira de un MORDAZA pago, segun lo estipulado en el articulo 121º del Reglamento de la Ley Nº 27157

4.41

LICENCIA DE OBRA PARA REMODELACION, AMPLIACION, MODIFICACION, REPARACION O PUESTA EN VALOR

CARPETA: UIT 1.33 % S/. 40.00

X (20 dias habiles)

Unidad de Tramite Documentario

Comision Tecnica Calificadora de Proyectos Distrital

Reconsideracion Comision Tecnica Calificadora de Proyectos Distrital

tro de los limites de propiedad y asumiendo las responsabilidades correspondientes, para casos de Hab. Urb. Aprobadas. 4.- En caso de Regimen de Propiedad Exclusiva y Comun, el acta legalizada de la junta de propietarios autorizando la ejecucion de la obra Art.133º D.S.Nº 008-2000-MTC. 5.- Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios vigente 6.- Certificados de Habilitacion de proyecto (CAP y CIP segun corresponda) y Certificado de Habilidad de Responsable de Obra. 7.- Presupuesto del Valor de Obra (ver Art. 56º del D.S. Nº 008-2000-MTC) 8.- Memoria justificativa (edificios de mas de 4 pisos, para obras de menor altura que sobrepasan los 1,000 m2 de area techada total, para los que se proyecten en areas de reglamentacion especial, y para casos de soluciones novedosas. 9.- Plano de Localizacion y Ubicacion (1) juego, debidamente MORDAZA y firmado por el Propietario y Arquitecto 10.- Planos de Arquitectura (1) juego, debidamente MORDAZA y firmado por el Propietario y Arquitecto 11.- Planos de Estructuras (1) juego, debidamente MORDAZA y firmado por el Propietario e Ing. Civil 12.- Planos de Inst. Sanitarias (1) juego, debidamente MORDAZA y firmado por el Propietario e Ing. Sanitario 13.- Planos de Inst. Electricas, mecanicas, electromecanicas y especiales (1) juego, debidamentesellado y firmado por el prop. e Ing.Electromec. 14.- Fotografias a color del inmueble con relacion a volumetria de inmuebles vecinos. 15.- Estudio de Impacto Ambiental de ser necesario 16.- Factibilidad deServicios (electricas y sanitarias), para edificios multifamiliares y conjuntos residenciales y otros de ser el caso. 17.- Estudio de Suelos y otros documentos que la Comision Tecnica Calificadora solicite. 18.- Comprobante de Pago por los derechos correspondientes Nota: Todos los puntos deberan cenirse a lo estipulado en el D.S.Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157. ADICIONALMENTE: Autorizacion previa del Ministerio de Educacion para los anteproyectos de edificaciones que correspondan a locales educacionales. Autorizacion previa del Ministerio de Salud para los anteproyectos de edificaciones que correspondan a hospitales, clinicas o similares. Autorizacion previa de DIGESA para obras que incluyan piscinas o similares. Valor de la Obra: (Art 56º) a. Para edificacion nueva, se obtendra el valor de obra con base en los Valores Unitarios Oficiales de edificaciones para la Costa, actualizados mensualmente de acuerdo con los indices aprobados por el INEI. "La autoconstruccion sera permitida exclusivamente para uso residencial, con una altura MORDAZA de 3 pisos, al interior de terrenos con areas no mayores que el lote normativo, con una tolerancia en exceso del 25%, segun el Art 47º del Reglamento de la Ley Nº 27157 1.- CARPETA: (Incluye Hoja de tramite por duplicado; FUO-Parte 1 y anexos por triplicado), debidamente firmados por el propietario, Abogado y Responsable de la Obra. 2.- MORDAZA literal de dominio donde conste la declaratoria de fabrica o Conformidad de Obra, Licencia de obra o de construccion de la edificacion existente. 3.- Declaracion Jurada firmada por el Urbanizador y propietario dejando MORDAZA de que el terreno corresponde al lote incluido en el plano de lotizacion replanteado y, por lo tanto, que la edificacion proyectada se ejecutara dentro de los limites de propiedad y asumiendo las responsabilidades correspondientes. 4.- En caso de Regimen de Propiedad Exclusiva y Comun, el acta legalizada de la junta de propietarios autorizando la ejecucion de la obra Art.133º DS. Nº 008-2000-MTC. 5.- Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios vigente (*) 6.- Certificado de Habilitacion de proyecto y profesional (profesionales y Responsable de Obra segun corresponda) 7.- Presupuesto de Valor de Obra (ver nota Art 56º del D.S. Nº 008-2000-MTC) 8.- Memoria justificativa (edificios de mas de 4 pisos, para obras de Derecho de tramite; 0.46 % del valor de obra (monto minimo: S/. 51.80 + 1% de la UIT) Derechos por Revision: por c/especialidad: 0.05% del V.O. (Arquitectura, Estructuras) De ser el caso por c/especialidad: 0.05% V.O. (Inst. Sanitarias, Inst. Electricas) por c/delegado ad-hoc: 0.02% Valor de obra monto minimo por revision: 1% de la UIT Derechos por Supervision: Facultativa: 2% UIT por visita (minimo 3) Obligatoria: 2% UIT por visita (minimo 3) (opcion "a" y autoconstruccion) De ser procedente: Liquidacion de derechos municipales segun valor de obra:

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Apelacion Comision Tecnica Provincial

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