Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2001 (27/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 205167

Que el Instituto Iberoamericano de Conciliacion Extrajudicial, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Peru Paz", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 4 de junio de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 524-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Instituto Iberoamericano de Conciliacion Extrajudicial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 265-2000-JUS; SE RESUELVE:

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 265-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion denominada Asociacion Civil Conciliadora, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion de la Asociacion Civil Conciliadora", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro del Justicia 25945 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 019-2001-JUS

Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion denominada Instituto Iberoamericano de Conciliacion Extrajudicial, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Peru Paz", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro del Justicia 25944 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 146-2001-JUS MORDAZA, 20 de junio de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 069522001, de fecha 26 de marzo de 2001, de la asociacion denominada Asociacion Civil Conciliadora; CONSIDERANDO: Que la Asociacion Civil Conciliadora, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion de la Asociacion Civil Conciliadora", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 1 de junio de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 523-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Centro de Conciliacion de la Asociacion Civil Conciliadora;

Mediante Oficio Nº 1084-2001-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, publicada en nuestra edicion del dia 20 de junio de 2001, en la pagina 204732. DICE: ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA ALTA DIRECCION

DESPACHO MINISTERIAL

COMISION CONSULTIVA

SECRETARIA GENERAL

DESPACHO VICEMINISTERIAL

COMITE EJECUTIVO DEL SECTOR JUSTICIA

ASESORIA TECNICA

DEBE DECIR: ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA ALTA DIRECCION

DESPACHO MINISTERIAL

COMISION CONSULTIVA

SECRETARIA GENERAL

ASESORIA TECNICA

DESPACHO VICEMINISTERIAL

COMITE EJECUTIVO DEL SECTOR JUSTICIA

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