Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2001 (27/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2001

Que en el Articulo 14º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT (aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/ SUNAT) se precisa que corresponde al Intendente Nacional de Administracion contratar la adquisicion de bienes y servicios con personas naturales o juridicas; Que, por otra parte y de conformidad con lo establecido en los Articulos 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y 82º de su Reglamento, las Bases de las Licitaciones Publicas y de los Concursos Publicos deben ser aprobadas por el Titular del Pliego que los convoca o por el funcionario que el designe, en tanto que las correspondientes a las Adjudicaciones Directas deben aprobarse segun los niveles establecidos por el Titular o por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que atendiendo a la necesidad de desconcentrar los niveles de decision en esta Superintendencia, en el Articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 046-2001/SUNAT se ha establecido que corresponde al Intendente Nacional de Administracion aprobar las Bases que, de conformidad con los modelos aprobados por el Superintendente Nacional Adjunto, se elaboren para las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que convoque la SUNAT; Que con la finalidad de continuar con la politica de desconcentracion a la que alude el considerando anterior, resulta conveniente facultar al Intendente Nacional de Administracion a delegar la potestad de aprobar las Bases de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se convoquen y de contratar la adquisicion de bienes y servicios con personas naturales o juridicas; En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 6º del referido Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Facultar al Intendente Nacional de Administracion a delegar la atribucion de aprobar las Bases de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se convoquen y de contratar la adquisicion de bienes y servicios con personas naturales o juridicas. Las Bases a las que se refiere el parrafo anterior deberan ser elaboradas de acuerdo con los modelos aprobados por el Superintendente Nacional Adjunto, de conformidad con lo establecido en el Articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 046-2001/SUNAT. Articulo 2º.- Los funcionarios a los cuales el Intendente Nacional de Administracion delegue las facultades a las que se refiere el articulo anterior, seran directamente responsables ante el mismo, tanto por las Bases y los contratos que en virtud a dicha delegacion aprueben o suscriban, como por los procesos de seleccion cuyo desarrollo autoricen. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 26013

Que de conformidad con la MORDAZA Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 914, los deudores tributarios que hubieran presentado solicitudes de acogimiento al Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario y no hubieran cumplido con los requisitos necesarios para el acogimiento, podran subsanarlos de acuerdo a los plazos, condiciones y procedimientos que establezca cada institucion; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 058-2001/SUNAT, publicada el 16 de MORDAZA de 2001, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT establecio los plazos, condiciones y procedimientos para dicha subsanacion; Que el Articulo 3º de la resolucion citada permite a los deudores tributarios regularizar determinados requisitos incumplidos en un plazo de veinte (20) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su publicacion, plazo que vence el dia 13 de junio de 2001; Que resulta conveniente modificar el referido articulo, a fin que los deudores tributarios puedan regularizar los requisitos incumplidos detectados y notificados por la SUNAT; De conformidad con el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501, el inciso k) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modificatorias, y la MORDAZA Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 914; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Plazo de regularizacion Modifiquese el Articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 058-2001/SUNAT, por el siguiente texto: "Los deudores tributarios comprendidos dentro de los alcances de la presente resolucion deberan regularizar los requisitos a que se refiere el articulo anterior que estuvieren pendientes, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles contados desde el dia siguiente a la fecha en que la SUNAT requiera su regularizacion. Vencido dicho plazo la SUNAT procedera a declarar al acogimiento como no valido con respecto a las deudas cuyos requisitos de acogimiento no hubieran sido subsanados". Articulo 2º.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 26014

Mdfcn cro d cnina e l oiia ags e ofaz n a SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 071-2001/SUNAT MORDAZA, 26 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 269-91-EF/SUNAT se declaro los cargos considerados de confianza en la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que resulta conveniente modificar dicha resolucion, a fin de adecuarla a la nueva estructura organizacional de la SUNAT, aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 012-2001/SUNAT; En uso de las facultades conferidas en los incisos l) y m) del Articulo 6º del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por la Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT;

Mdfcn pao d rglrzco d oiia lz e euaiain e r q i i o p r e a o i i n oa R g eusts aa l cgmet l ei men Especial de Fraccionamiento Tr b t r o iuai
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 070-2001/SUNAT MORDAZA, 26 de junio de 2001

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