Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2001 (27/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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y 6° 00' L.S., entre el 18 y 22 de junio de 2001, la misma que se desarrollara en el MORDAZA de las disposiciones contenidas de la presente Resolucion Ministerial. Anexo II Convenio

nuestra edicion del dia 19 de junio de 2001, en la pagina 204702. En el Tercer considerando: DICE:

DICE: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES DEBE DECIR: La suscripcion del presente Convenio se realiza sobre la base de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº ......-2001-PE, mediante la cual se establece el Regimen Provisional para la Extraccion del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), autorizandose por periodos de 15 dias, en el que debera efectuarse la faena de pesca solo de lunes a viernes de las semanas que comprende las actividades de extraccion en la MORDAZA comprendida entre el paralelo 4° 30' L.S. y el paralelo 6° L.S.; disponiendo la necesidad de que la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia Ministerio de Pesqueria o la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, suscriba el presente convenio de garantia de fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicha norma. DEBE DECIR: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA La suscripcion del presente Convenio se realiza sobre la base de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 192-2001-PE, mediante la cual se establece el Regimen Provisional para la Extraccion del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), autorizandose por un periodo de 5 dias, en el que debera efectuarse la faena de pesca solo de lunes a viernes de las semanas que comprende las actividades de extraccion en la MORDAZA comprendida entre el paralelo 4° 30' L.S. y el paralelo 6° L.S.; disponiendo la necesidad de que la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesqueria o la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, suscriba el presente convenio de garantia de fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicha norma. DICE: CLAUSULA TERCERA, literal f): Suscribir , por cada embarcacion, el Convenio a que se refiere el Articulo 7º, con la Direccion Nacional ... DEBE DECIR: CLAUSULA TERCERA, literal f): Suscribir , por cada embarcacion el Convenio a que se refiere el Articulo 10º, con la Direccion Nacional ... DICE: CLAUSULA MORDAZA, literal c): La sola posesion a borde de las embarcaciones ... DEBE DECIR: CLAUSULA MORDAZA, literal c): La sola posesion a bordo de las embarcaciones ... 25965 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197-2001-PE Mediante Oficio Nº 1240-2001-PE/SG el Ministerio de Pesqueria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 197-2001-PE, publicada en CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 009-2000-PROMUDEH, publicado el 28 de junio del 2000, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2001-PROMUDEH, publicado en fecha 27 de marzo del 2001, con el cual se incluyo el Procedimiento Nº 5 "Acceso a la informacion que poseen o deban poseer las diversas Unidades Organicas del PROMUDEH"; Que efectuada la revision al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, se ha visto la necesidad efectuar modificaciones, a consecuencia de los cambios producidos en la normatividad en materia de adopciones; por ello resulta necesario la elaboracion de un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativo - MORDAZA del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98PROMUDEH y modificatorias; SE DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, que en Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Dejese, sin efecto los Decretos Supremos Nº 009-2000-PROMUDEH y Nº 003-2001-PROMUDEH, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los doce dias del mes de junio del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano "Que en el MORDAZA del citado convenio, el IMARPE proporcionara por 75 dias el BIC "HUMBOLDT", de su propiedad ..." 25966 "Que en el MORDAZA del citado convenio, el IMARPE proporcionara por 45 dias el BIC "HUMBOLDT", de su propiedad ..."

PROMUDEH
Aprueban el Te t U i o d P o e i xo nc e rcdmets Amnsrtvs dl Mnse ino diitaio e iitro d Pooin d l Mjr y dl i e rmco e a ue e Desarrollo Humano
DECRETO SUPREMO Nº 012-2001-PROMUDEH

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