Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2001 (20/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 20 de octubre de 2001

Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como las Direcciones Regionales de Pesqueria del Ministerio de Pesqueria quedan encargadas de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 32925

Dejan sin efecto resolucion mediante la cual se otorgo a Moon Fish S.A. autorizacion para la instalacion de establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 252-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 10 de octubre del 2001 Visto el escrito con Registro Nº CE-00094002 del 7 de MORDAZA del 2000 presentado por MOON FISH S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 051-99-PE/ DNPP del 6 de MORDAZA de 1999, se otorgo a MOON FISH S.A. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar las actividades de congelado y curado de productos hidrobiologicos, asi como una planta de harina de pescado residual como parte integrante y de uso exclusivo en el sistema de tratamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas provenientes de sus actividades principales, a ubicarse en la Mz. "B", lote 13, MORDAZA industrial II, El Tablazo, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con las capacidades proyectadas de 12.5 t/dia, 120 t/mes y 2 t/h, respectivamente ; Que el Articulo 4º de la Resolucion Directoral citada en el considerando anterior, establece como causal de caducidad de la autorizacion de instalacion otorgada, la falta de instalacion del establecimiento industrial pesquero dentro del plazo de un ano otorgado, para tal efecto en el Articulo 3º de la misma Resolucion; Que mediante Escritura Publica del 31 de diciembre de 1998, MOON FISH S.A. adecua sus estatutos a la Ley General de Sociedades adoptando la denominacion social MOON FISH S.A.C.; Que de la inspeccion efectuada al establecimiento industrial pesquero de MOON FISH S.A.C. se ha determinado que la empresa en mencion no ha concluido con la instalacion de sus plantas de congelado y curado en el plazo autorizado, por lo que procede dejar sin efecto el derecho otorgado por Resolucion Directoral Nº 051-99PE/DNPP con respecto a dichas actividades extractivas; Que mediante el escrito del visto MOON FISH S.A.C. solicita licencia para la operacion de su planta de harina de pescado residual, la que deviene improcedente al no tener la planta en mencion caracter accesorio a actividad principal alguna dentro de su establecimiento industrial pesquero, de conformidad con lo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 039-98-PE y Resolucion Ministerial Nº 218-2001-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 209-2001-PE/DNEPP-Dap, de fecha 14 de junio del 2001, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Articulo 52º, del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 051-99-PE/DNPP; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º numeral 118.3 del Decreto Supremo Nº 012-2001PE;

Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 051-99-PE/DNPP de fecha 6 de MORDAZA de 1999, con respecto a las actividades de congelado y curado de productos hidrobiologicos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente a solicitud de licencia de operacion para una planta de harina de pescado residual presentado por MOON FISH S.A.C. por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 32926

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion de bandera nacional en la extraccion del recurso merluza
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 262-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 10 de octubre del 2001 Visto los escritos de Registro Nº CE-00307002 de fechas 31 de MORDAZA y 29 de agosto del 2001, presentados por PESQUERA HERMANOS MORDAZA S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que por Resolucion Ministerial Nº 463-97-PE de fecha 25 de setiembre de 1997, se otorgo permiso de pesca por un periodo de un (1) ano calendario renovable, a los armadores MORDAZA MORDAZA PELLEGRINO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PELLEGRINO, para operar, entre otras, la embarcacion pesquera de bandera nacional "AUGUSTUS II", con matricula Nº PT-3977-CM de 102,78 m3 de volumen, en la extraccion del recurso hidrobiologico merluza con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando hielo como sistema de preservacion a bordo y redes de arrastre con longitud minima de malla en el copo de 90 mm; Que mediante los escritos del visto PESQUERA HERMANOS MORDAZA S.R.Ltda., solicita el cambio del titular del permiso de pesca citado en el considerando precedente, por haber adquirido su propiedad conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio que presenta; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica;

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