Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2001 (31/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 31 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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MITINCI
Autorizan viaje de representantes del Ministerio a EE.UU. para participar en reuniones de trabajo a fin de sustentar posicion peruana respecto a la ley de Preferencias Arancelarias Andinas ATPA
RESOLUCION SUPREMA Nº 233-2001-ITINCI MORDAZA, 30 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 224-2001ITINCI, del 5 de octubre del 2001, se autorizo el viaje del doctor MORDAZA Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, del 9 al 13 de octubre para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, participe en reuniones de trabajo con congresistas americanos y representantes del Poder Ejecutivo a fin de sustentar la posicion peruana sobre la renovacion de la ley de Preferencias Arancelarias Andinas - ATPA y la inclusion de las confecciones textiles peruanas en la misma; Que, por razones de fuerza mayor las reuniones han sido diferidas, debiendo llevarse a cabo del 6 al 8 de noviembre del presente ano; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001PCM;

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejase sin efecto lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 224-2001-ITINCI del 5 de octubre del 2001, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica del 5 al 9 de noviembre del 2001, con el objeto de que participe en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, en las reuniones mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Doctor MORDAZA FERRERO DIEZ CANSECO Pasajes US$ 3,581.12 Viaticos US$ 1,100.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 33720

Comite Nacional de Administracion del Fondo para la Construccion de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construccion Civil del Peru.

SE RECUERDA A LOS EMPLEADORES DE CONSTRUCCION CIVIL LO SIGUIENTE (R.S. Nº 001/95 M.T.C. 06.01.95)



La obligacion de cumplir con la retencion semanal del 2% del jornal basico de todo trabajador a su cargo; que incluye salario dominical, dias feriados no laborables y descansos medicos que involucren jornales ordinarios (Articulo 6º - D.S. Nº 003-97-TR). Depositar las retenciones efectuadas dentro de los 15 dias siguientes, de vencido el mes, en cualquier agencia del Banco de la Nacion, en la Cta. Nº 000067679 y/o Banco Continental, en la Cta. Nº 112-0200090836 indicando numero de RUC, mes de la aportacion y monto a depositar. En caso de incumplimiento se aplicara un recargo por MORDAZA, del 2% sobre el monto total retenido, por mes o fraccion de mes. La retencion efectuada no es un tributo sino un aporte del trabajador de construccion civil al CONAFOVICER. La omision de la entrega del aporte en la forma y plazo establecido, se encuentra tipificado como un ilicito penal. Otorgar las facilidades del caso a nuestros inspectores debidamente acreditados, para la verificacion del cumplimiento de esta obligacion. MORDAZA, Junio del 2001 EL DIRECTORIO Para mayor informacion y/o consultas llamar al ( 473-8557 473-2400 anexo 108 o dirigirse a prolongacion Cangallo 670, tercer piso La MORDAZA Lima. e - mail: conafov@terra.com.pe www.conafovicer.com

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