Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2002 (11/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

REQUISITOS

DERECHOS ADMINISTRATIVOS la entidad no emite pronunciamiento alguno. conocimiento del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba. Es de tramite gratuito. rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo.

CALIFICACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION

RECURSO DE APELACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

Nacional de Identidad, una fotografia que cumpla con los requisitos del anexo Nº1.

8. RECTIFICACION DE PRENOMBRES, APELLIDOS U OTROS DATOS DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: Presenta tres modalidades:

MORDAZA, lunes 11 de febrero de 2002

a. RECTIFICACION ADMINISTRATIVA: Procede cuando se determine algun error material o se MORDAZA omitido alguna informacion relativa a la inscripcion. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Division Central de Procesos. Gerencia de Operaciones.

Rectificacion: Gratuita

1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil o Titulo de Naturalizacion, segun el caso, con la rectificacion correspondiente. 3. Pago de derechos administrativos 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una fotografia que cumpla con los requisitos del anexo Nº 1.

Emision de DNI: 1% UIT en territorio nacional y extranjero.

Evaluacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno.

Adicionalmente, en el caso de adoptados se debera cumplir con los requisitos del anexo Nº 5.

Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba. Es de tramite gratuito.

Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo.

Las personas bautizadas MORDAZA del 14 de noviembre de 1936, podran sustentar la rectificacion que se solicita con original de la correspondiente Partida de Bautismo certificada por el notario eclesiastico.

b. RECTIFICACION JUDICIAL: Procede cuando el solicitante ha obtenido un pronunciamiento judicial firme respecto de la pretension de suprimir, adicionar o modificar alguno de sus prenombres, apellidos u otros datos de la Partida de Nacimiento. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Division Central de Procesos. Gerencia de Operaciones.

NORMAS LEGALES

Rectificacion: Gratuita

1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento original expedida por el Registro del Estado Civil con la anotacion marginal de pronunciamiento judicial firme de la rectificacion. 3. Pago de derechos administrativos 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una fotografia que cumpla con los requisitos del anexo Nº 1.

Emision de DNI: 1% UIT en territorio nacional y extranjero.

Evaluacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno.

Adicionalmente, en el caso de adoptados se debera cumplir con los requisitos del anexo Nº 5.

Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba. Es de tramite gratuito.

Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo.

Las personas bautizadas MORDAZA del 14 de noviembre de 1936, podran sustentar la rectificacion que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo original certificada por el notario eclesiastico.

c. RECTIFICACION NOTARIAL: Procede cuando el solicitante ha obtenido la rectificacion propuesta ante notario publico dentro de su competencia. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Division Central de Procesos. Gerencia de Operaciones.

Rectificacion: Gratuita

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1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento original expedida por el Registro del Estado Civil con la anotacion marginal de la escritura publica correspondiente a la rectificacion. 3. Pago de derechos administrativos

Emision de DNI: 1% UIT en territorio nacional y extranjero.

Evaluacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento

Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante de acuerdo

Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento

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