Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2002 (05/06/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 5 de junio de 2002

NORMAS LEGALES
VISTA:

Pag. 224175

el certificado medico correspondiente; razon por la cual y siendo que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viene integrando la Sala referida, estando a las vacaciones concedidas a la doctora MORDAZA MORDAZA, resulta prudente disponer la permanencia de la doctora MORDAZA MORDAZA al interior de la Primera Sala Laboral, mientras dure la ausencia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vega; Que, mediante documento cursado con fecha treintiuno de MORDAZA del ano en curso, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado de Familia de MORDAZA, solicita licencia por maternidad a partir del veintiocho de MORDAZA al veintiocho de agosto del presente ano, adjuntando para tal efecto el Certificado de Incapacidad para el Trabajo expedido por el Area de Salud correspondiente, razon por la cual resulta necesario designar al profesional en Derecho que asumira el Despacho referido mientras dure la ausencia de la doctora MORDAZA Fuentes; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA es la MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, y en virtud a dicha atribucion se encuentra facultado a designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Suplentes que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la permanencia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Provisional integrante de la Primera Sala Laboral de MORDAZA hasta el 7 de junio del 2002, estando a lo expuesto en el primer considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del Decimo MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA, a partir del 5 de junio al 28 de agosto del 2002, estando a la licencia por maternidad solicitada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fuentes. Articulo Tercero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA VALLADOLIT ZETA, como Juez Suplente del Vigesimo Setimo Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, a partir del 5 de junio del 2002, estando a lo expuesto en el tercer considerando de la presente Resolucion, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA Solari MORDAZA, a quien se le da las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision del Poder Judicial, de la Fiscalia de la Nacion y de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 10063

La solicitud presentada por el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes adjudicados en cobro de acreencias que forman parte del Anexo de la presente resolucion, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-20752000 senalan que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, debera adjuntarse a la solicitud de prorroga una valuacion del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitucion de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicacion o recuperacion de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-053-OT-2002 y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 807-99 y Resolucion SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo al que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Internacional del Peru S.A.A. Interbank debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) ANEXO

ORGANISMOS AUTONOMOS
SBS
Prorrogan plazo para que el Banco Internacional del Peru S.A.A. proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 482-2002
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA BIENES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
MORDAZA de Bien INMUEBLE INMUEBLE INMUEBLE Descripcion / Ubicacion Fecha de Adjudicacion 2001.6.28 2001.6.28 2001.6.8 Valor en Libros (en S/.) 913,547.99 41,487.10 233,050.46

MORDAZA LA LOMADA LOTE # 1, URB. CHALLAPAMPA, DISTRITO DE CERRO COLORADO - MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA 900, DISTRITO Y PROVINCIA DE CALCA - MORDAZA JR. MORDAZA MORDAZA 592-596 (ANTES LOTE 20 MZ. 29) SECTOR 1, MORDAZA GRAU,. DISTRITO EL PORVENIR, PROV. MORDAZA - LA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.