Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2002 (05/06/2002)


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PROYECTO

MORDAZA, miercoles 5 de junio de 2002

PROYECTO DE REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PERU PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo del presente ano, se ha convocado a elecciones regionales y municipales para el MORDAZA 17 de noviembre del ano 2002 en cada uno de los 24 departamentos de la Republica y en la Provincia Constitucional del Callao. De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, concordante con el Articulo 18º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en el Peru se permite que los extranjeros mayores de 18 anos y residentes en el MORDAZA por mas de dos anos continuos previos a la eleccion municipal, puedan elegir y ser elegidos, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando esten debidamente inscritos en un registro correspondiente. Para las elecciones municipales del ano 1998, se emitio la Resolucion Nº 328-98-JNE, de fecha 16 de junio de 1998, que aprobo el Reglamento de Inscripcion de Extranjeros Residentes en el Peru, el cual permitio regular los derechos de participacion politica de los extranjeros residentes en el Peru en dichas elecciones municipales. En el presente ano electoral se realizara de manera conjunta elecciones regionales y municipales; por lo que, resulta necesario establecer mecanismos de organizacion y control para el registro y expedicion de documentos especiales de acreditacion electoral a favor de los extranjeros que deseen participar en las proximas elecciones municipales, con la finalidad, a su vez, de garantizar el ejercicio de los derechos politicos concedidos por la ley peruana. Por lo expuesto, el MORDAZA Nacional de Elecciones como MORDAZA organo en materia electoral en el Peru, velando por el cumplimiento de las normas electorales y garantizando los derechos de participacion politica reconocidos en el Peru presenta el presente proyecto de Reglamento de Inscripcion de Extranjeros Residentes en el Peru para las Elecciones Municipales del ano 2002.

REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PERU PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Articulo 1º.- De la naturaleza y finalidad: El presente reglamento persigue la organizacion del registro de extranjeros residentes en el Peru, el cual se denominara en adelante Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru, a fin de precisar, garantizar y materializar el ejercicio de sus derechos de participacion politica en elecciones municipales realizadas en el Peru. Articulo 2º.- De los extranjeros: Se consideran extranjeros para efectos del presente Reglamento, aquellas personas residentes en el territorio de la Republica, nacidas dentro o fuera de el, que no son peruanos por nacimiento, por naturalizacion o por opcion, conforme con lo dispuesto por la Ley de Nacionalidad Nº 26574. Articulo 3º.- De la organizacion del Registro Electoral de Extranjeros: En el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru pueden inscribirse de manera voluntaria y personal los extranjeros que residan en territorio peruano por lo menos dos anos consecutivos. El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 1 , tiene a su cargo la organizacion y custodia del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru, el cual es abierto cada vez que se convoque oficialmente a MORDAZA de elecciones municipales, rigiendo unicamente durante el periodo electoral de las elecciones convocadas. La participacion de extranjeros en posteriores procesos de elecciones municipales requiere necesariamente de una nueva inscripcion en el Registro. El Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru contiene en su base de datos la siguiente informacion: 1. 2. 3. 4. 5. Codigo o numero de identificacion. Fecha de inscripcion. Nombres y apellidos. Sexo. Lugar de nacimiento.

1

La Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Nº 26497 en su Art. 2º, senala que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es la entidad encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil.

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