Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2002 (19/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de marzo de 2002

El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se trato como punto de la agenda ampliar la vigencia del plazo de la Amnistia General otorgada mediante Ordenanza Nº 042-MDR, de fecha 24 de enero del 2002; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 042-MDR de fecha 24 de enero del 2002 se otorgo la Amnistia General en el distrito del MORDAZA, referida a las deudas generadas hasta el 31 de diciembre del 2001 por concepto del impuesto predial y tasa de Licencia de Funcionamiento, otorgandose ademas el beneficio de rebaja del 50% por concepto del pago de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Serenazgo, segun corresponda, de los anos 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 para aquellos contribuyentes que tengan adeudos por tal concepto, otorgandose sin pago de intereses moratorios y por pago al contado de la deuda anual. Este beneficio alcanza tambien a todos aquellos contribuyentes que hayan suscrito convenio de fraccionamiento de pago y que hubieran cancelado hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, el 50% del monto insoluto del pago de la deuda fraccionada; Que, asimismo, en la Ordenanza citada en el considerando precedente se dispuso rebajar en 50% el monto de las multas administrativas y tributarias impuestas hasta el 31.1.02 sin pago de moras. Disponiendose que los beneficios detallados en dicha ordenanza alcancen a las cobranzas que por los mismos conceptos se encuentren en la via coactiva, exonerandose ademas del pago de las costas y

gastos procesales, otorgandose este beneficio solo por el pago total de la deuda al contado; Que, ademas se dispuso en cuanto a los contribuyentes que mantengan convenios de fraccionamiento de deuda o pagos a cuenta con saldos pendientes a la fecha, cancelaran los mismos sin intereses, en el caso de aplicarse lo dispuesto y existiera un monto en exceso, este no sera sujeto de devolucion o compensacion en ningun caso, otorgandose tambien el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa a todos aquellos contribuyentes que se encuentren omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada y pago del impuesto predial y arbitrios; pudiendo cancelar sus deudas sin pago de moras y multas; Que, es necesario ampliar por un mes mas el plazo del beneficio otorgado mediante Ordenanza Nº 042-MDR de fecha 24 de enero del 2002, a fin de dar al vecino rimense las facilidades del caso para que puedan cumplir con el pago oportuno de sus obligaciones; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 3 de MORDAZA del 2002, el plazo de la Amnistia General otorgada mediante Ordenanza Nº 042-MDR de fecha 24 de enero del 2002, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion Tributaria, y Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 5218

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 4.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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