Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2002 (19/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 19 de octubre de 2002 MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Viaticos Pasajes aereos: Lima/La Paz/Cochabamba/ La Paz/Lima Impuesto de Salida

NORMAS LEGALES
US$ 1 200,00 US$ US$ 447,22 25,00

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Tercero.- Otorgar licencia entre el 13 y el 18 de octubre de 2002 a los senores Congresistas MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Arpasi MORDAZA, Glodomiro MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Yanarico MORDAZA, Eittel MORDAZA Cuya, Kuennen Franceza Marabotto y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun lo acordado por el Consejo Directivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica 18505

PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
Amplian el monto y la vigencia establecidos mediante el Decreto de Urgencia Nº 005-2002
DECRETO DE URGENCIA Nº 053-2002 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 005-2002 se creo con caracter extraordinario el "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la Variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002", a cuyo efecto se autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas, a emitir Documentos Cancelatorios con cargo al Presupuesto para el ano 2002 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, hasta por la suma de Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/ . 20 000 000,00); Que, a traves del Decreto de Urgencia Nº 043-2002 se establecieron disposiciones relacionadas al "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la Variedad Tanguis"; Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 026 y 1552002-EF se establecieron disposiciones reglamentarias del "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la Variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002"; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2002 se amplio en Veinticinco Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 25 000 000,00) la emision de Documentos Cancelatorios Tesoro Publico, con cargo al Presupuesto para el ano 2002 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, que permita al

Estado continuar asumiendo el pago de tributos que gravan la importacion y venta de fertilizantes; Que, siendo el algodon un cultivo tradicional de gran importancia para el desarrollo economico del MORDAZA, por cuanto provee el principal insumo para la industria textil, por lo que es necesario y de interes nacional dictar medidas extraordinarias en materia economica y financiera que permitan atender las demandas de las empresas desmotadoras en el MORDAZA del Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la Variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002, mas aun si se considera los alcances del Acuerdo de Preferencias Arancelarias Andinas - ATPA; Que, el "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la Variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002", viene cumpliendo con los fines para los cuales fue creado y habiendose ejecutado el total del monto a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 005-2002, se encuentra pendiente de atencion una significativa demanda por parte de las empresas desmotadoras; Que, en ese sentido resulta necesario ampliar el monto asignado al referido Programa deduciendolo de la suma a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 0512002, asi como extender la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 005-2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, con la finalidad de permitir la atencion de las mencionadas demandas; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion de monto Ampliase en Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 000 000,00) el monto autorizado mediante el Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 005-2002, el cual sera deducido del establecido mediante el Decreto de Urgencia Nº 0512002. Articulo 2º.- Vigencia Extiendase hasta el 31 de diciembre de 2002, la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 005-2002. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 18543

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