Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2002 (15/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 15 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 530-2002-MTC/15.03

Otorgan concesiones a Rural Telecom S.A.C. y Telkom S.R.L. para prestar servicios portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 529-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 11 de septiembre de 2002 VISTA la solicitud formulada por RURAL TELECOM S.A.C. para que se le otorgue concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, en la Republica del Peru, con excepcion de las areas rurales de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA y Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos portadores se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 290-2002-MTC/ 15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por RURAL TELECOM S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a RURAL TELECOM S.A.C. concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado por el plazo de veinte (20) anos, en la Republica del Peru, con excepcion de las areas rurales de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA y Lambayeque. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con RURAL TELECOM S.A.C. para la prestacion de los servicios publicos a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y un (1) anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 16589

MORDAZA, 11 de septiembre de 2002 VISTA la solicitud formulada por TELKOM S.R.L. para que se le otorgue concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos portadores se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 248-2002-MTC/ 15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por TELKOM S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a TELKOM S.R.L. concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado por el plazo de veinte (20) anos, en la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con TELKOM S.R.L. para la prestacion de los servicios publicos a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y un (1) anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 16590

Otorgan licencia a Trabajos Maritimos S.A. para prestar servicio de remolcaje en el Terminal Portuario de Chimbote
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 184-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 14 de agosto de 2002

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