Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2003 (13/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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nautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, durante los dias 14 al 16 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ 600.00 28.00

para prestar servicio de transporte fluvial de carga, en la forma siguiente: a) TRAFICO SERVICIO TRANSPORTE b) TRAFICO SERVICIO TRANSPORTE : Nacional o cabotaje : Regular; ruta: Iquitos - Pucallpa - Yurimaguas - Campamentos Petroleros - Iquitos : Carga general : Nacional o cabotaje : Irregular: entre puertos fluviales peruanos : Liquida a granel

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 07211

Otorgan permiso de operacion a persona natural para prestar servicio de transporte fluvial de carga
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 083-2003-MTC/13
MORDAZA, 18 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-000876) presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, solicitando permiso de operacion para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las Empresas Navieras Nacionales; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio de transporte fluvial de carga general, en trafico nacional y en servicios regular e irregular, en la ruta solicitada; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10052269984; Que, mediante Informe Nº 043-2003-MTC/13.02, de la Directora de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal y Nº 061-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA,

Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con la embarcacion de su propiedad denominada EF "Magno II" con matricula Nº IQ-8394-EF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; la renovacion debera ser solicitada por el recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado implica la obligacion por parte de la empresa de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de Transporte Fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a la Capitania de Puerto de Iquitos y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Loreto. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General 06576

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Designan Gerente General del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 035-2003-CE-PJ
MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2003 VISTO: El expediente administrativo que contiene los actuados relacionados al procedimiento de designacion del Gerente General del Poder Judicial mediante concurso publico; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 008-2003-CEPJ, expedida por este Organo de Gobierno con fecha 22 de enero del 2003, se aprobo el Reglamento para la designacion del Gerente General del Poder Judicial, mediante concurso publico de meritos bajo los principios de publici-

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