Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2003 (21/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 21 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Aprueban formato denominado "Solicitud de MORDAZA de Reconocimiento 2001" y su Cartilla de Instrucciones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 089-2003-JEFATURA/ONP

MORDAZA, 30 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 180-94-EF se dictan disposiciones referidas a la emision de los Bonos de Reconocimiento; Que, el Articulo 6º del referido dispositivo establece que el afiliado debera presentar su solicitud de MORDAZA de Reconocimiento en el formato que se apruebe mediante Resolucion Jefatural de la ONP; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Decreto Supremo Nº 054-97-EF, incorporada por el Articulo 9º de la Ley Nº 27617, establece que los trabajadores afiliados al Sistema Nacional de Pensiones que opten por incorporarse al Sistema Privado de Pensiones tendran derecho a recibir un MORDAZA de Reconocimiento 2001, en funcion a sus aportes al Sistema Nacional de Pensiones, siempre que cumplan con haber cotizado a este sistema un minimo de cuarenta y ocho

(48) meses dentro de los diez (10) anos anteriores al 1 de enero de 2002; Que, resulta necesario aprobar el referido formato de solicitud, asi como la Cartilla de Instrucciones para su llenado; Estando a lo dispuesto por los Articulos 6º y 14º del Decreto Supremo Nº 180-94-EF, la Decimo Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Decreto Supremo Nº 054-97-EF - Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones incorporada por el Articulo 9º de la Ley Nº 27617, el Inciso d) del Articulo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF elevado a rango de ley a traves de la Ley Nº 26504, el Inciso g) del Articulo 8º de la Resolucion Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolucion Ministerial Nº 2942003-EF/10; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el formato denominado "Solicitud de MORDAZA de Reconocimiento 2001" asi como su Cartilla de Instrucciones, los que como anexos 1 y 2 respectivamente, forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Cada AFP debera acreditar un MORDAZA de tres representantes para la firma de la Solicitud de MORDAZA de Reconocimiento 2001 que corresponda a sus afiliados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PESTANA Jefe (e)

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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