Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2003 (19/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de octubre de 2003

Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 19075

contra el senor MORDAZA Garmendia MORDAZA por la comision del delito contra la Fe Publica, en agravio del Tribunal Fiscal, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 19076

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica en agravio del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 575-2003-EF/10
MORDAZA, 17 de octubre de 2003 Visto el Oficio Nº 1308-2003-PP-EF/16 del Procurador Adjunto encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Presidenta del Tribunal Fiscal mediante Oficio Nº 3143-2003-EF/41.01 de fecha 24 de MORDAZA de 2003, puso en conocimiento de la Secretaria General del Ministerio de Economia y Finanzas, de la existencia de recibos supuestamente emitidos por el Tribunal Fiscal por los que el tramitador de la empresa Talleres Tumi Diesel con domicilio fiscal en avenida MORDAZA Dansey Nº 2026, Cercado de MORDAZA, senor MORDAZA Garmendia MORDAZA cobraba a dicha empresa diversos montos, por concepto de pagos efectuados ante dicho Tribunal; Que, asimismo, mediante dicho Oficio, la Presidenta del Tribunal informa que remitio a la Procuraduria Publica de este Ministerio el original de uno de los recibos supuestamente emitidos por el Tribunal, asi como la carta de Talleres Tumi Diesel de fecha 27 de junio de 2003, por la cual dicha empresa remitio la documentacion correspondiente, a efectos que esta institucion proceda a investigar el origen y procedencia de los mencionados recibos; Que, habiendo la Procuraduria Publica recibido la documentacion senalada y despues del estudio de la misma, emitio el Oficio Nº 1308-2003-PP-EF/16 del 1 de agosto de 2003, por el que concluyo que el senor MORDAZA Garmendia MORDAZA habria incurrido en la comision de delito contra la Fe Publica, ilicito penal previsto y penado en el articulo 427º del Decreto Legislativo Nº 635, Codigo Penal vigente, en agravio del Tribunal Fiscal; Que, el articulo 427º del Codigo Penal, dispone que: El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento, sera reprimido, si de su uso puede resultar algun perjuicio, con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de diez anos y con treinta a noventa dias-multa, si se trata de un documento publico, registro publico, titulo autentico o cualquier otro trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de cuatro anos, y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco dias-multa, si se trata de un documento privado; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de este delito; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes

Declaran infundado e improcedente recurso de queja interpuesto contra diversas resoluciones y contra el Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 576-2003-EF/10
MORDAZA, 17 de octubre de 2003 Visto, el recurso de queja interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra las Resoluciones del Tribunal Fiscal Nº 0612-3-98, Nº 04434-3-2002, Nº 02204-32002, Nº 01837-3-2002, Nº 06215-3-2002, Nº 869-1-99, Nº 00117-3-2002, Nº 00373-3-2002, Nº 06213-3-2002, Nº 881-3-2001 y Nº 134-3-2001; y contra el Tribunal Fiscal por no haber resuelto los Expedientes Nº 6204-02, Nº 7040-02 y los recursos de fechas 30.3.1999, 1.8.2000, 18.10.2001, 3.12.2001, 14.12.2001, 16.1.2002, 24.1.2002, 15.2.2002, 7.3.2002, 13.3.2002, 17.5.2002, 20.6.2002, 18.7.2002 y 19.7.2002; CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de marzo de 2003, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone Recurso de Queja contra las Resoluciones del Tribunal Fiscal Nº 0612-3-98, Nº 044343-2002, Nº 02204-3-2002, Nº 01837-3-2002, Nº 06215-32002, Nº 869-1-99, Nº 00117-3-2002, Nº 00373-3-2002, Nº 06213-3-2002, Nº 881-3-2001 y Nº 134-3-2001; y contra el Tribunal Fiscal por no haber resuelto los Expedientes Nº 6204-02, Nº 7040-02 y los recursos de fecha 30.3.1999, 1.8.2000, 18.10.2001, 3.12.2001, 14.12.2001, 16.1.2002, 24.1.2002, 15.2.2002, 7.3.2002, 13.3.2002, 17.5.2002, 20.6.2002, 18.7.2002 y 19.7.2002; Que, posteriormente, con fecha 26 de marzo de 2003, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta un escrito ampliatorio del citado Recurso de Queja, en el que acusa recibo de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 00570-3-2003 que declara inadmisible la solicitud de correccion y/o ampliacion de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 06213-3-2002, ingresada con Expediente Nº 7040-02; Que, en relacion con la queja interpuesta contra las R e s o l u c i o n e s d e l Tr ibu n a l F i s c a l N º 0 6 1 2 - 3 - 9 8 , Nº 04434-3-2002, Nº 02204-3-2002, Nº 01837-3-2002, Nº 06215-3-2002, Nº 869-1-99, Nº 00117-3-2002, Nº 00373-3-2002, Nº 06213-3-2002, Nº 881-3-2001 y Nº 134-3-2001, la quejosa alega que interpone el mismo porque el Tribunal Fiscal no se ha pronunciado en ellas sobre el fondo del asunto; Que, de acuerdo a lo senalado por el Tribunal Fiscal en el Oficio Nº 1464-2003-EF/41.01 de fecha 15 de MORDAZA de 2003, por medio del cual remite el Memorando Nº 031-2003EF/41.09.1 donde formula el descargo respectivo contra la queja interpuesta contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 869-1-99, dicha Resolucion del Tribunal Fiscal resolvio el Expediente Nº 1589-99 conteniendo una apelacion formulada por el contribuyente MORDAZA Pena MORDAZA y no por el quejoso; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 109º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que regula la facultad de contradiccion administrativa, frente a un acto que supone que MORDAZA, afecta, desconoce o lesiona un derecho o un interes legitimo, procede su contradiccion en la via administrativa en la forma prevista en dicha Ley, para que sea revocado, mo-

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