Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2004 (21/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2004

Visto el Oficio P.1000-0692 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 1 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, el B.A.P. "LOBITOS" (ATP-153) requiere se le efectuen trabajos de carena y reparacion para mantener su certificacion de clase que le permita seguir operando de acuerdo a las normas internacionales y a lo exigido por la Sociedad Clasificadora de la Nave; Que, no existe en el MORDAZA ningun astillero que pueda efectuar los trabajos de carena requeridos, debido a las dimensiones de esta Unidad, siendo necesario que estos MORDAZA realizados en el extranjero, habiendose contratado para tal efecto los servicios del Astillero Braswel, Balboa PANAMA, teniendo los trabajos programados una duracion de QUINCE (15) dias; Que, se ha recibido una invitacion de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA para que el B.A.P. "LOBITOS" (ATP-153), participe en Operaciones de Reabastecimiento en la mar con Unidades de Superficie de los Estados Unidos que realizaran Operaciones Contradrogas en el MORDAZA Este, siendo la experiencia a adquirirse beneficiosa para la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, es necesario aprobar el viaje al exterior del B.A.P. "LOBITOS" (ATP-153) del 22 de MORDAZA al 5 de junio del 2004, con la finalidad de que se realicen las reparaciones requeridas en Balboa - PANAMA y para que participe en el entrenamiento con las Unidades de Superficie de los Estados Unidos de MORDAZA, debiendose para tal efecto nombrar en Comision del Servicio al Personal Superior y Subalterno de la dotacion para que viajen a bordo de la referida Unidad; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio al Personal Superior y Subalterno cuya relacion se anexa, a bordo del B.A.P. "LOBITOS" (ATP153), del 22 de MORDAZA al 5 de junio del 2004, para que efectuen las reparaciones requeridas en el Astillero Braswel, Balboa - PANAMA y para que participen en Operaciones de Reabastecimiento en la mar con Unidades de Superficie de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, que realizaran Operaciones Contradrogas en el MORDAZA Este. Articulo 2º.- Autorizar el pago de la cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 19,360.00), por OCHO (8) dias de Estadia en Puerto Extranjero al Personal senalado en el anexo de la presente Resolucion, segun lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, en lo referente a Comisiones del Servicio a bordo de Unidades Navales. Articulo 3º.- El personal que se indica en el articulo 1º revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la citada Comision del Servicio. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El Oficial mas antiguo debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 07713

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2004-EF Mediante Oficio Nº 680-2004-EF/13 el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 029-2004-EF, publicada en la edicion del 16 de MORDAZA de 2004. En el articulo 2º DICE: "... doctora MORDAZA del MORDAZA Rocca MORDAZA como ..." DEBE DECIR: "... doctora MORDAZA del MORDAZA Rocca MORDAZA como ..." 07688

EDUCACION
Aprueban Directiva sobre "Orientaciones Transitorias para la Implementacion de la Educacion Tecnico Productiva en los Centros de Educacion Ocupacional"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0515-2004-ED MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que la Educacion Tecnico-Productiva es una forma de educacion orientada a la adquisicion de competencias laborales y empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible y competitivo. Esta destinada a las personas que buscan una insercion o reinsercion en el MORDAZA laboral y a alumnos de Educacion Basica; Que la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la referida Ley, establece que su aplicacion sera gradual y progresiva y se efectuara de acuerdo con el Plan General de Conversion del Sistema Educativo que formulara el Ministerio de Educacion en concordancia con el MORDAZA de descentralizacion del pais; Que mientras se determinen las normas del MORDAZA de conversion a Instituciones de Educacion Tecnico Productiva, los actuales Centros de Educacion Ocupacional, continuaran brindando sus servicios de acuerdo a su propia organizacion, siendo necesario orientar el desarrollo de sus actividades tecnico pedagogicas y administrativas para el periodo lectivo 2004; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva sobre "Orientaciones Transitorias para la Implementacion de la Educacion Tec-

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