Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2004 (21/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo previsto en el Calendario del MORDAZA, el Postor Compania Integral de Vigilancia S.A.C., se dirige al Comite Especial planteando determinadas Observaciones, las cuales fueron acogidas en parte por el referido Comite, por lo que, en aplicacion del Art. 88º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, asi como de la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE, mediante Oficio Nº 0032004-GR-LL-PRE/PECH-RGNº012-2004-GR-LL-PRE/PECH01, se elevo lo actuado al CONSUCODE, con la finalidad que emitan el correspondiente pronunciamiento; Que, a traves del Oficio Nº 434-2004-(PRE), el CONSUCODE se dirige a la Presidencia del Comite Especial remitiendo su Pronunciamiento Nº 056-2004(GTN), relacionado con las observaciones a las Bases del MORDAZA en referencia, por el cual, entre otros aspectos, se hace conocer al Comite que la notificacion con el Pliego de Absolucion de Observaciones debio efectuarse de manera personal a los Postores y no unicamente via Fax, por lo que al no haber cumplido con tal formalidad, se ha incurrido en vicio de nulidad; Que, mediante Informe Nº 006-2004-GR-LL-PRE/PECH01CADP0002, del 6.4.2004, el Comite Especial se dirige a la Gerencia General manifestando que habiendose presentado observaciones a las bases en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0002-2004-GR-LL-PRE-PECH-01 "Contratacion de Empresa de Vigilancia Privada para las Instalaciones del PECH", estas fueron acogidas en parte resultando necesario elevar las mismas al CONSUCODE para el pronunciamiento correspondiente, el mismo que se ha recepcionado con fecha 5.4.2004, en los terminos expuestos en el considerando precedente; por lo que recomiendan se declare la nulidad del MORDAZA de seleccion, debiendo derivarse a la Oficina de Asesoria Juridica para la opinion legal correspondiente; Que, mediante Informe Legal del exordio; el mismo que forma parte integrante del Expediente Administrativo sustento de la presente Resolucion Gerencial; la Oficina de Asesoria Juridica efectua el analisis de los hechos, concluyendo en el sentido que de los hechos expuestos, aparece que al no haberse efectuado la notificacion del pliego de absolucion de observaciones en forma personal a los postores, se ha incurrido en casual de nulidad prevista en el Art. 57º del TUO, al haber contravenido una MORDAZA legal imperativa, resultando procedente declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion en referencia, debiendo retrotraerse hasta la elaboracion de bases, a efecto de integrar estas con el pronunciamiento emitido por el CONSUCODE, debiendo expedirse Resolucion Gerencial en tal sentido; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, en lo que compete a su respectiva area funcional; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; y, en uso de las facultades y atribuciones conferidas en la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 058-2004-GR-LL/ PRE; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0002-2004-GR-LLPRE/PECH-01, "Contratacion de Empresa de Servicio de Vigilancia Privada para las Instalaciones del PECH", por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolucion Gerencial. Segundo.- Disponer que el Comite Especial designado para tal efecto, proceda a revisar y elaborar nuevas Bases Administrativas tomando en consideracion los puntos contenidos en el Pronunciamiento Nº 056-2004 (GTN), emitido por el CONSUCODE, respecto al MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de vigilancia particular. Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Gerencial en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion. Cuarto.- Notifiquese a los interesados los extremos de la presente Resolucion Gerencial para los fines de ley, y hagase de conocimiento del Gobierno Regional La Libertad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerencia General (e) 07499

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican fecha de autorizacion de viaje de la Presidenta del Gobierno Regional a Bolivia
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 024-2004-CR/GRM 23 de marzo de 2004 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL VISTO: En Sesion Extraordinaria, de fecha 23 de marzo del 2004, la solicitud de reconsideracion al Acuerdo Regional Nº 009-2003-CR/GRM, presentado por el Vicepresidente del Gobierno Regional; y, CONSIDERANDO: Que, en el primer articulo del Acuerdo Regional Nº 0092004-CR/GRM, de fecha 6 de febrero del ano en curso, el Consejo Regional autorizo a la senora Presidenta del Gobierno Regional para que viaje a MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Bolivia del 16 de febrero al 18 de febrero del ano en curso, siendo publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 14 de febrero del ano en curso. Sin embargo, para la autorizacion del viaje en mencion no se tomo en cuenta referencia del Correo Electronico de fecha 15/1/2004, remitida por la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional, en el cual se especifica claramente el cronograma de partida y retorno del 15 al 19 de febrero del ano en curso; Que, en uso de las facultades concedidas por el articulo 37º Inc. a), de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales modificado por Ley Nº 27902, y los articulos 60º, 61º inciso a) del Reglamento Interno del Consejo Regional segun O.R. Nº 001-2003-CR/GRM, el Consejo Regional en Sesion Extraordinaria por unanimidad; ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar la reconsideracion del Acuerdo Regional Nº 009-2004-CR/GRM. Articulo Segundo.- Modificar en el articulo primero del Acuerdo Regional Nº 009-2004-CR/GRM, la fecha de autorizacion de viaje de la senora Presidenta a MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA - Bolivia, debiendo especificarse en el siguiente termino "del 15 al 20 de MORDAZA del presente ano". Articulo Tercero.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidente, Consejeros Regionales, Asesoria de la Presidencia, Gerencia General Regional, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. CRISTALA CONSTANTINIDES MORDAZA Presidenta Regional 07647

Autorizan viaje de la Presidenta del Gobierno Regional para participar en evento Macro Region Sur del Peru en Cordoba - MORDAZA y presentar oferta exportable de la region
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 041-2004-CR/GRM 12 de MORDAZA de 2004 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL;

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