Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2004 (03/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, con fecha 4 noviembre del 2002 fallo declarando FUNDADA la Demanda, sentencia que fue CONFIRMADA por la Tercera Sala Civil de MORDAZA, mediante Resolucion de Vista de fecha 15 MORDAZA del 2003, ordenandose dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 573 y Decreto Supremo Nº 316-90-EF de 07DIC90; Que, en tanto se expida el Reglamento al que hace mencion el Decreto Supremo Nº 316-90-EF de 7 diciembre de 1990, y a fin de dar cumplimiento al mandato de la autoridad judicial, es necesario aprobar las escalas respectivas a fin de otorgar la Equivalencia Remunerativa a favor del Personal Civil nombrado de la Policia Nacional en situacion de Actividad y Pensionistas; Que, con Oficio Nº 2621-2004-IN-0304 de 15 setiembre 2004, de la Oficina General de Planificacion precisa que del Informe Nº 107-2004-IN-0304, elaborado por la Oficina de Presupuesto, concluye que en el proyecto de Presupuesto 2005 de la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas se ha considerado S/. 10'414,616, para el pago de la equivalencia remunerativa senalada del personal civil en actividad y pensionistas correspondiente solo al Ejercicio Fiscal 2005, mas no de los anos 2003 y 2004, de acuerdo a la sentencia expedida por el 15º Juzgado Civil de Lima; Que, el Art. 4º de la Ley Organica del Poder Judicial, preve que la autoridad administrativa debe dar cumplimiento a las sentencias expedidas por el organo jurisdiccional en sus propios terminos, sin calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances bajo responsabilidad Civil, Penal o Administrativa que la Ley senala; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru en su Dictamen Nº 8381-2003-DIRREHUM/OFIASJUR.OPROEEFC, de 10OCT2003; Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Escala de Equivalencia Remunerativa Provisional del Personal Civil nombrado, en actividad y pensionistas PNP a las categorias de Oficiales y Especialistas de Servicios PNP, en tanto se expida el Reglamento Unico a que hace referencia el Art. 2º del D.S. Nº 316-91-EF de 7DIC1990, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, conforme a los MORDAZA demostrativos siguientes:
NIVEL PRFESIONAL PA PB PC PD PE PF TIEMPO DE SERVICIOS 23 ANOS 19 ANOS 15 ANOS 10 ANOS 06 ANOS 03 ANOS EQUIVALENCIA REMUNERATIVA EN EL GRADO JERARQUIA Crnl.S Cmdte.S May.S Cap. S Tnte.S Alfz.S

Articulo 2º.- Otorgar al Personal Civil nombrado, en actividad y pensionistas de la PNP, la equivalencia remunerativa provisional a que se refiere el articulo anterior, a partir del 15ABR2003, fecha en que quedo consentida y ejecutoriada la sentencia expedida por el 15avo. Juzgado Civil de MORDAZA, de acuerdo a la Disponibilidad Presupuestal del Sector. Articulo 3º.- El pago de la equivalencia remunerativa provisional a que se indica esta se efectuara a partir, del 01ENE2005, por estar considerado en el Presupuesto del 2005. En cuanto al pago de los anos 2003 y 2004, este se debe regir de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2004. Articulo 4º.- La Direccion General de la Policia Nacional del Peru a traves de la Direccion de Recursos Humanos y la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, efectuaran las acciones respectivas en el area de su competencia, para dar cumplimiento a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 21934

JUSTICIA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional Penitenciario
DECRETO SUPREMO Nº 015-2004-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº010-2002-JUS, del 3 de MORDAZA de 2002 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario; Que, de acuerdo con lo establecido en los numerales 38.1 y 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Instituto Nacional Penitenciario ha reformulado su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de acuerdo a las nuevas disposiciones legales vigentes tales como la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y la Ley Nº 27719 - Ley de Reconocimiento, Declaracion y Calificacion de los Derechos Pensionarios Legales obtenidos al MORDAZA del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas modificatorias y complementarias; Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y el Decreto Legislativo Nº 654 - Codigo de Ejecucion Penal y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, el objetivo esencial es brindar una adecuada atencion a los administrados que realizan procedimientos ante la entidad con la finalidad de satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, se ha considerado pertinente aprobar un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario - INPE, que en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2002-JUS. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de noviembre del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia

NIVEL TECNICO T-A T-B T-C T-D T-E T-F

TIEMPO DE SERVICIOS 23 ANOS 20 ANOS 17 ANOS 12 ANOS 08 ANOS 04 ANOS

EQUIVALENCIA REMUNERATIVA EN EL GRADO JERARQUIA ES EB ET1 ET2 ET3 E1

NIVEL AUXILIAR A-A A-B A-C A-D A-E

TIEMPO DE SERVICIOS 23 ANOS 20 ANOS 17 ANOS 12 ANOS 09 ANOS

EQUIVALENCIA REMUNERATIV A EN EL GRADO JERARQUIA ET2 ET3 E1 E2 E3

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