Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2004 (03/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2004

Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso de Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261-Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transporte y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria-I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Aero MORDAZA S.A.C., con Carta GO676E-2004, del 3 de noviembre de 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar chequeos tecnicos en simulador de vuelo, del equipo Caravan C-208B, en el Centro de Entrenamiento de Flight Safety International de la MORDAZA de Wichita, Kansas, Estados Unidos de MORDAZA, a su personal a aeronautico propuesto, durante el dia 4 de diciembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 25029 y 25030, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transporte y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direcion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1810-2004-MTC/12.04-SDO designando al inspector MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, para realizar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Caravan C-208B, al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero MORDAZA S.A.C., en la MORDAZA de Wichita, Kansas, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 3 al 5 de diciembre de 2004 Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de funciones que se le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1810-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, a la MORDAZA de Wichita, Kansas, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 3 al 5 de diciembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero MORDAZA S.A.C. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 25029 y 25030, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21821

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con REP SAT S.A.C. para la prestacion del servicio publico movil por satelite
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 888-2004-MTC/03 MORDAZA, 30 de noviembre de 2004 VISTO, el Expediente Nº 1999-0115007, sobre concesion otorgada a la empresa REP SAT S.A.C., para la prestacion del servicio publico movil por satelite; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 382-2000MTC/15.03, de fecha 20 de setiembre de 2000, se otorgo concesion a la empresa REP SAT S.A.C. para la prestacion del servicio publico movil por satelite en la Republica del Peru; suscribiendose con fecha 22 de noviembre de 2000 el contrato de concesion para la prestacion del mencionado servicio; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 3662000-MTC/15.03, de fecha 29 de setiembre de 2000, se asigno a REP SAT S.A.C. espectro radioelectrico y se aprobaron las caracteristicas tecnicas especificas de operacion para el servicio dado en concesion; Que, el numeral 6.03 de la Clausula Sexta del contrato de concesion estipula el pago del Derecho de Concesion a traves de pagos anuales durante el periodo de doce (12) anos, equivalentes a 45 UIT, mas el 1.0% de interes anual aplicado al saldo restante del principal a cada ano MORDAZA de descontar el pago de las 45 UIT de ese ano, Dichos pagos se realizaran al termino de cada ano, contado a partir de la fecha de firma del contrato de Concesion. La UIT aplicable es la vigente a la fecha de efectuarse el pago;

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