Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2004 (03/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2004

de los espectaculos publicos cuyos contenidos MORDAZA considerados como aportes al desarrollo de nuestra cultura, guardando concordancia con las normas legales vigentes sobre la materia; Que, la tradicion taurina en nuestro MORDAZA se encuentra entroncada desde tiempos de la conquista, existen evidencias que esta actividad se extendio hacia distintos puntos del virreinato, y son los cronistas quienes cuentan que las corridas llegaron a los lugares mas alejadas del Peru. El toreo, por osmosis, se convirtio en parte de la tradicion y de la cultura peruana, considerado por muchos como un arte, y criticado seriamente por otros. El historiador MORDAZA M. Cossio, afirma que en 1540 el conquistador MORDAZA MORDAZA alanceo toros en la Plaza Mayor de la capital. La corrida de toros, espectaculo oficializado por el Cabildo de MORDAZA en 1558, tomo mayor arraigo con la construccion de la Plaza de MORDAZA (Siglo XVIII), lugar donde los aficionados disfrutaron las primeras corridas; Que, el Centro Poblado de San MORDAZA ubicado en el distrito de Bellavista de La Union en la provincia de Sechura, es un pueblo pintoresco asentado sobre un inmenso medano; privilegiado, por cuanto desde su colina se puede observar un sensacional panorama con un MORDAZA fondo, producto de la actividad MORDAZA de sus pobladores y desde el cual se puede divisar a los pueblos hermanos del Bajo Piura; Que, el Centro Poblado de San MORDAZA durante la celebracion de la Festividad del Senor de los MORDAZA, en el mes de noviembre de cada ano, congrega MORDAZA de catolicos, en donde el cristianismo se confunde con las costumbres y la leyenda, y la devocion y bohemia terminan asi entrelazados en oracion, MORDAZA y alegria; y que es considerada en el MORDAZA de la tauromaquia como una de las mas importantes. Esta Fiesta tiene su origen en el ano 1859 cuando un agricultor asalariado al querer cortar un algarrobo, en el primer hachazo le salpico a los ojos y pudo ver mejor, y es de este tronco que el Senor Tumi MORDAZA esculpe la imagen del Senor de los MORDAZA de San Clemente; Que, a nivel del departamento de MORDAZA, es el Centro Poblado de San MORDAZA el unico lugar donde se desarrollan corridas de MORDAZA y que se han convertido en toda una tradicion regional, la Plaza de Toros se inauguro el 27 de Noviembre de 1976, MORDAZA a las gestiones del Comite a cargo de Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyos hijos eran toreros: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rodriguez; y MORDAZA a ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien trabajaba en la Municipalidad de MORDAZA que solicito al apoyo financiero del MORDAZA Rainiero de Monaco y su esposa la MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves de las estampillas donadas que llegaron al Agente Municipal Don. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA , y es de esta manera que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Lola de Espana) tuvo a su cargo la primera corrida conjuntamente con MORDAZA Pereda; Que, la Plaza de Toros de San MORDAZA, ha sido testigo de muchos de los certamenes taurinos, de nivel nacional e internacional y que contribuye a incrementar la actividad turistica, con las ventajas economicas que este quehacer supone, y que ha nacido, de la inventiva popular y del deseo de los habitantes de un lugar por crear una fiesta original, MORDAZA y MORDAZA que atraiga a numerosas personas deseosas de encontrar un sano esparcimiento; Estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria Nº 20, de fecha 22 de noviembre del 2004, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA "CAPITAL REGIONAL DEL ARTE TAURINO" AL CENTRO POBLADO DE SAN MORDAZA DEL DISTRITO DE BELLAVISTA DE LA UNION, PROVINCIA DE SECHURA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA Articulo Primero.- Declarar, "Capital Regional del Arte Taurino" al Centro Poblado de San MORDAZA, ubicado en el distrito de Bellavista de La Union, provincia de Sechura, departamento de Piura.

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de noviembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de noviembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 21843

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Suspenden ejecucion de obras en propiedad privada en la MORDAZA denominada Mesa Redonda
DECRETO DE ALCALDIA Nº 086 MORDAZA, 2 de diciembre de 2004 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 79º inciso 3 de la citada MORDAZA legal, establece como funciones especificas de las municipalidades, las de autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones, previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; asimismo normar, regular, otorgar autorizaciones y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que, la Ordenanza Nº 062 Reglamento de la Administracion del Centro Historico de MORDAZA y la Ordenanza Nº 201 Plan Maestro Centro de MORDAZA, establecen las politicas de seguridad, prevencion y mitigacion de desastres en el Centro Historico de Lima; Que, de acuerdo con el numeral 30 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, el MORDAZA preside el Comite Provincial de Defensa Civil, y segun la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, Decreto Ley Nº 19338, uno de los objetivos fundamentales es la prevencion de danos, por lo que en aplicacion del articulo 49º de referida ley, procede disponerse la paralizacion por un plazo determinado de toda obra autorizada, por constituir en un determinado momento un peligro o riesgo para la seguridad de las personas, la propiedad privada o la seguridad publica; Que, en este sentido el inciso 8.2 del articulo 161º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que es competencia metropolitana el desarrollar conjuntamente

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