Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2004 (09/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2004 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 08844 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 237-2004-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 Visto el Oficio Nº 278-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 de febrero del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registro Nº 0156 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 507-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX-OL, la Jefatura de la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA remite a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentacion sobre indicios de comision de delito, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra los que resulten responsables por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y penado en el articulo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, los hechos que acreditarian la presunta comision del delito estan relacionados con el MORDAZA de adjudicacion directa selectiva Nº004-2003-ZR.IX-Lima, referido a la "Adquisicion de Cintas Tape Back Up", el cual diera lugar a la emision de la Resolucion Nº380-2003-SUNARP/SN, de fecha 31 de MORDAZA del 2003; Que, en ese sentido, y en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 278-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 de febrero del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de la citada resolucion, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comision del delito contra la Fe Publica y las circunstancias en que se habria realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que MORDAZA tenido el autor y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 08845

PRODUCE
MORDAZA Cronograma de instalacion de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital a bordo de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente al MORDAZA de la Ley Nº 26920
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 148-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2004 Visto el Informe Nº 184-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 3 de MORDAZA del 2004 de la Direccion de Consumo Humano Indirecto. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 144-2004-PRODUCE del 7 de MORDAZA del 2004, se declara a COLLECTE LOCALIZATION SATELLITES PERU S.A.C. - CLS PERU S.A.C., como empresa proveedora del Servicio de Seguimiento Satelital dentro del MORDAZA Provisional para la implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE y modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2004-PRODUCE; asimismo se autoriza a la citada empresa a suscribir los Contratos Tipos de Prestacion de Servicios de Seguimiento Satelital, con los armadores pesqueros a los cuales les viene prestando dicho servicio, asi como con aquellos armadores que han obtenido su permiso de pesca al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, de acuerdo a lo establecido por el articulo 5º y los Anexos I y II de la Resolucion Ministerial Nº 447-2003-PRODUCE; Que el articulo 3º de la Resolucion Ministerial citada en el considerando anterior, dispone que la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, estan obligadas a adoptar las medidas pertinentes, para garantizar su cumplimiento; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 132-2004PRODUCE/DNEPP del 12 de MORDAZA del 2004, se publico el primer cronograma de instalacion de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital a bordo de las primeras cien (100) embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente al MORDAZA de la Ley Nº 26920, el mismo que se debera implementar MORDAZA del 30 de MORDAZA del 2004; Estando a lo informado en el documento de Visto y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 447-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar el MORDAZA Cronograma de instalacion de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital a bordo de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente al MORDAZA de la Ley Nº 26920, el mismo que se implementara de acuerdo a lo indicado en el Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los armadores pesqueros que incumplan con la instalacion de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital a bordo de sus embarcaciones pesqueras durante el periodo establecido en el articulo anterior, quedaran impedidos de realizar actividades pesqueras, para lo cual la Autoridad Maritima no les otorgara el zarpe correspondiente, hasta que cumplan con la instalacion respectiva. La Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion realizara las comunicaciones pertinentes a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e)

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