Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2004 (09/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Recaudados en las Instituciones Educativas Publicas, integrantes de las Unidades de Costeo. II - FINALIDAD 2.1 Administrar con transparencia los Ingresos dinerarios captados por las Instituciones Educativas Publicas, integrantes de las Unidades de Costeo sin que ello signifique afectar el normal desarrollo de las actividades del MORDAZA educativo. 2.2 Establecer los aspectos tecnico normativos y procedimientos para la adecuada y oportuna incorporacion al MORDAZA Presupuestal de los Recursos Directamente Recaudados, asi como los depositos en la respectiva Cuenta Corriente. III - BASE LEGAL - Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. - Ley del Presupuesto del Sector Publico. - Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico. - Resolucion Ministerial Nº 1094-2003-ED, que aprueba la Directiva Nº 001-2004-ME/SPE-UP "Normas Complementarias para la Ejecucion del Presupuesto en los Programas de Educacion Basica y Educacion Superior No Universitaria para el ano 2004 y Funcionamiento de los Comites de Programacion del Plan y Presupuesto (CPPP). - Decreto Supremo Nº 195-2001-EF, Regula la Centralizacion de los Recursos Directamente Recaudados - Directiva de Tesoreria. - Resolucion Ministerial Nº 0267-2003-ED, Aprueba Reglamento sobre el pago de Servicios Basicos de agua y energia electrica de los Centros Educativos Publicos. - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. - Resolucion Ministerial Nº 0026-2004-ED de conformacion del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion. IV - ALCANCE La presente Directiva, es de aplicacion y de cumplimiento obligatorio de todas las Instituciones Educativas Publicas integrantes de las Unidades de Costeo, Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestario 10 - Ministerio de Educacion y Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regionales de Educacion. V - INGRESOS 5.1 - Son los Recursos Directamente Recaudados: los ingresos generados por las entidades publicas y administrados directamente por estas, entre los cuales se puede mencionar: las rentas de la propiedad, tasas, venta de bienes y servicios, entre otros, asi como aquellos ingresos que les corresponde de acuerdo a la normatividad vigente (ver Anexo Nº 1 y Formato Nº 01). Incluye los saldos de balance y todos los ingresos generados en las Instituciones educativas publicas por la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. 5.2 - De acuerdo al Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento, aprobado por el Ministerio de Economia Finanzas, las Instituciones Educativas Publicas, clasifican y registran sus Ingresos de acuerdo al citado Clasificador. 5.3 - Los conceptos autorizados por los que pueden captar ingresos, las Instituciones Educativas Publicas son: a) Ingresos provenientes del cobro de tasas establecidas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA debidamente aprobados por el Ministerio de Educacion. b) Concesion de la Administracion de Kioscos (Salvo en las Instituciones Educativas Publicas las cuales se rigen por el reglamento del D.S. Nº 026-87-ED), cafeterias y servicio de fotocopiado. c) Actividades productivas segun la capacidad de recursos y equipamiento con que cuente.

Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y el articulo 5º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01, Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico para el ano fiscal 2004, corresponde a la Oficina de Presupuesto del Pliego, como MORDAZA instancia tecnica en materia presupuestal, la responsabilidad de emitir las indicaciones y lineamientos operativos pertinentes para la mejor aplicacion de la normatividad presupuestal, sin que ello implique modificar y/o desnaturalizar el sentido de las disposiciones legales y administrativas vigentes sobre la materia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 144-2001-ED se aprueba el Reglamento sobre la captacion y administracion de los ingresos directamente recaudados por los Centros y Programas Educativos Publicos, con la finalidad de normar la captacion y administracion de los ingresos directamente recaudados por los Centros y Programas Educativos Publicos; Que, asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 1094-2003-ED se aprueba la Directiva Nº 001-2004-ME/ SPE-UP, "Normas Complementarias para la ejecucion del Presupuesto en los Programas de Educacion Basica y Educacion Superior no universitaria para el ano 2004 y Funcionamiento de los Comites de Programacion del Plan y Presupuesto (CPPP)", MORDAZA que introduce el concepto de Unidad de Costeo, como instrumento de gestion presupuestaria que tiene por objetivo descentralizar y hacer mas transparente el gasto publico en el Sector Educacion; Que, al haberse desactualizado las normas sobre captacion y administracion de los ingresos directamente recaudados por los Centros y Programas Educativos Publicos, e introducido en las referidas normas complementarias de caracter presupuestario, conceptos innovadores de gestion, resulta necesario actualizar las pautas y procedimientos que estipulaba el citado Reglamento, asi como, establecer normas tecnicas acordes con los criterios de eficiencia y modernizacion del Sector Publico, sin que ello afecte el normal desarrollo de las actividades del MORDAZA educativo; de tal manera que permita una gestion mas eficiente, ordenada y uniforme en la recaudacion y administracion de los recursos directamente recaudados en las Instituciones Educativas Publicas, la misma que coadyuve a la consecucion de metas y objetivos institucionales en base a una mayor disponibilidad de recursos; De conformidad con la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 28128- Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs 51-95-ED y 002-96-ED, y la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01-Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2004-ME/SPEUP "Normas para la recaudacion y administracion de los recursos directamente recaudados en las Instituciones Educativas Publicas", que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 144-2003-ED, y demas normas que se opongan al presente dispositivo legal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion DIRECTIVA Nº 002-2004-ME/SPE-UP NORMAS PARA LA RECAUDACION Y ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS I - OBJETIVO Establecer Normas Tecnicas para la recaudacion y administracion transparente de los Recursos Directamente

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