Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2005 (19/01/2005)


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RESOLUCION JEFATURAL Nº 880-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de enero de 2005 RESOLUCION JEFATURAL Nº 897-2004-JEF/RENIEC

MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 VISTO: el Informe Nº 087-2004-GP/SGP/RENIEC, el Oficio Nº 1742-2004-GP/RENIEC y el Informe Nº 1383-2004-GAJ/RENIEC de fecha 23 de diciembre del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 2 de octubre de 1984 obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 15602993, registra como fecha y lugar de nacimiento el 28 de junio de 1966 en el distrito de Llocllin, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, acredito su identidad con Libreta Militar Nº 2536155662; Que, posteriormente el ciudadano MORDAZA mencionado, a traves del Formulario de Identidad Nº 19950287 de fecha 3 de junio del 2004 solicita en forma irregular una MORDAZA inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, identificandose como MORDAZA MORDAZA YWASAKI MORDAZA, declarando como fecha y lugar de nacimiento el 28 de junio de 1966 en el distrito de Pararin, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, acreditando su identidad con Libreta Militar Nº 2574632665; Que, mediante el Oficio Nº 768 F-4a/27.02.12, la Direccion de Movilizacion del Ejercito, informa que en sus archivos se encuentra inscrita la Libreta Militar Nº 2536155662 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huerta; asimismo, comunican que no se encuentra registrado en sus archivos, la Libreta Militar Nº 2574632665 a nombre de MORDAZA MORDAZA YWASAKI HUERTA; Que, por Oficio Nº 021-2004/MDP/OREC, la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pararin, informa que en sus archivos no se encuentra inscrito el nacimiento de MORDAZA MORDAZA YWASAKI HUERTA; Que, se establece la presuncion razonada que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha hecho uso de un documento falso o falsificado como si fuese legitimo, para sustentar una situacion distinta de la realidad, con la consecuente insercion de un MORDAZA falso en el Formulario de Identidad, por lo cual se deduce la comision del delito contra la Fe Publica, en sus modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil , para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien dice llamarse MORDAZA MORDAZA YWASAKI HUERTA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA ZE-

Visto, el Oficio Nº 10470-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 247-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 1329-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 7 de diciembre de 2004; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 7 de MORDAZA de 1998, obtiene la Inscripcion PAR Nº 80330140, declarando haber nacido en el distrito de MORDAZA con fecha 4 de MORDAZA de 1934, y sustentando su identidad con declaracion jurada de dos testigos calificados; Que, posteriormente el 26 de MORDAZA del 1999, la misma ciudadana obtiene de manera irregular la Inscripcion PAR Nº 80648865 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarando haber nacido en el distrito de MORDAZA con fecha 4 de junio de 1934, sustentando su identidad con Partida de Nacimiento Nº 116. Asimismo en el ano 2003, mediante Formulario de Identidad Nº 18327345 la misma ciudadana solicita tramite de rectificacion de prenombre, apellido MORDAZA, direccion y fecha de nacimiento, de la Inscripcion Nº 80330140, identificandose como MORDAZA MORDAZA MORDAZA nacida con fecha 4 de junio de 1934, adjuntando como sustento Acta de Nacimiento Ordinaria Nº 116; Que, del Informe de Homologacion Monodactilar Nº 284/2003/GP/BG/RENIEC, se desprende que las huellas dactilares que figuran en las inscripciones MORDAZA mencionadas pertenecen a una misma persona biologica que registra doble inscripcion; Que, sin perjuicio de la accion administrativa adoptada, esto es, la exclusion definitiva de las inscripciones Nºs. 80330140 y 80648865 por declaracion de datos falsos, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, por el hecho de haber insertado datos falsos ante el Registro, a fin de obtener irregularmente multiples inscripciones, vulnerando la seguridad juridica registral; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ALMEIDA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00990

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