Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2005 (10/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 288760

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2005

5.1. Registro donde deben inscribirse las personas juridicas Las cooperativas, comunidades campesinas, empresas de propiedad social y demas personas juridicas que se dediquen a actividades de la industria minera solo deben inscribirse en el Registro de Personas Juridicas de su domicilio. 5.1.1. En el caso de que estas personas juridicas tuvieran partida abierta unicamente en el Registro de Personas Naturales y Juridicas Mineras, las inscripciones posteriores se realizaran en la partida que para tal efecto el Registrador competente abrira en el Registro de Personas Juridicas. En este caso, se extendera, en la partida preexistente en el Registro de Personas Naturales y Juridicas Mineras, una anotacion con el siguiente tenor: Las inscripciones relativas a la persona juridica inscrita en la presente partida, continuan en la partida electronica Nº ............ del Registro de Personas Juridicas. Esta anotacion se extiende de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 001-2005-SUNARP/SN, aprobada por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 057-2005-SUNARP/SN de fecha 7 de marzo de 2005". Luego de la cual se consignara el lugar, fecha y firma del Registrador que la extiende. En el primer asiento que se extienda en la partida abier ta en el Registro de Personas Juridicas, se extendera una anotacion de correlacion, precisando los datos de la partida en la que corren los asientos anteriores. 5.1.2. Si la persona juridica tuviera partidas abiertas tanto en el Registro de Personas Naturales y Juridicas Mineras como en el Registro de Personas Juridicas, el Registrador respectivo procedera a extender un asiento de cierre en la partida de la persona juridica abierta en el Registro de Personas Naturales y Juridicas Mineras, y la correlacionara con la existente en el Registro de Personas Juridicas. La anotacion de cierre tendra el siguiente tenor: "La presente partida queda cerrada por encontrarse la misma persona juridica inscrita en el tomo ....., folio ......, (ficha o partida electronica Nº ......) del Registro de Personas Juridicas, dejandose MORDAZA que las posteriores inscripciones se efectuaran en esta MORDAZA partida. Esta anotacion se extiende de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 001-2005-SUNARP/SN, aprobada por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 057-2005-SUNARP/SN de fecha 7 de marzo de 2005". Luego de la cual se consignara el lugar, fecha y firma del Registrador que la extiende. Acto seguido, el Registrador extendera una anotacion de correlacion en la partida que se mantiene abierta, precisando los datos de la partida cerrada y dejando MORDAZA, en su caso, de las cargas y afectaciones que obran en esta ultima. 5.2. Momento en que opera el cierre de partidas. Cuando se presente un titulo referido a una persona juridica, el Registrador, al calificar el titulo, verificara si la persona juridica cuenta con partidas abiertas en ambos Registros, en cuyo caso procedera a cerrar la partida obrante en el Registro de Personas Naturales y Juridicas Mineras, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.1.2. 5.3. Efectos de los asientos de la partida cerrada Los asientos de la partida cerrada, mantienen sus efectos para la calificacion de los titulos relativos a personas juridicas, tanto en el Registro de Personas Naturales y Juridicas Mineras como en el Registro de Personas Juridicas. 6. RESPONSABILIDAD Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, los Jefes de los Organos Desconcentrados y los Registradores Publicos. 05139

SUNAT
Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 070-00-0000190 Chiclayo, 18 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar y dejar sin efecto la designacion de Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la sexta disposicion final de la Ley Nº 27038, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que, la Resolucion de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolucion de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 50º y 51º inciso "r" del Decreto Supremo Nº 115-2002/PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA a los trabajadores que se indican a continuacion: - Joy Millones MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Retes MORDAZA Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA a la trabajadora que se indica a continuacion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia Regional - MORDAZA 05097

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aceptan donacion a realizarse a favor del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 042-2005-GR.CAJ/P MORDAZA, 25 de febrero de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.