Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2005 (05/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 5 de setiembre de 2005

RIO MORDAZA, se ha evidenciado la presunta falsificacion de documentos; Que, mediante Informe Nº 878-2005-MTC/11.AL, de fecha 2 de agosto del 2005, la Asesora Legal de la Oficina General de Recursos Humanos, senala que de los documentos presentados por los Alcaldes Distritales de Independencia - MORDAZA y de Huayllan - Pomabamba, resulta evidente que se esta ante la presunta comision de Delito contra la Fe Publica en la que habria incurrido la senora MORDAZA MORDAZA DEL RIO VIDAL; Que, el articulo 427º del Codigo Penal establece "El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento, sera reprimido, si de su uso puede resultar algun perjuicio, con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de diez anos y con treinta a noventa dias-multa si se trata de un documento publico, registro publico, titulo autentico o cualquier otro trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de cuatro anos, y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco diasmulta, si se trata de un documento privado. El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo, siempre que de su uso pueda resultar algun perjuicio, sera reprimido, en su caso, con las mismas penas"; Que, en el presente caso, la Direccion de Remuneraciones y Pensiones en virtud a la fiscalizacion posterior realizada a la documentacion presentada por la senora MORDAZA MORDAZA DEL RIO MORDAZA, evidencia la presunta falsedad de dicha documentacion; Que, siendo esto asi, de conformidad con lo establecido por el articulo 427º del Codigo Penal, se concluye que existen indicios razonables de la comision de delito contra la Fe Publica por parte de la senora MORDAZA MORDAZA DEL RIO MORDAZA, por lo que se debera recurrir a la autoridad jurisdiccional correspondiente, a traves del Procurador Publico, a fin de que este lleve a cabo las acciones pertinentes para la defensa de los derechos e intereses del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el Articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, el articulo 26º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC del 24 de agosto del 2002, establece como una de las funciones de la Procuraduria, la de representar y defender los Organos del Sector ante el fuero judicial; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra la senora MORDAZA MORDAZA DEL RIO MORDAZA y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791, Ley Nº 27444 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra la senora MORDAZA MORDAZA DEL RIO MORDAZA y los que resulten responsables, por la presunta comision de delito contra la Fe Publica, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15191

Aprueban difusion de proyecto de modificacion de la RAP 67 - Normas Medicas y Certificacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 143-2005-MTC/12
MORDAZA, 22 de agosto del 2005 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ Raps, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru; y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, con una antelacion de 15 dias calendario; Que, en el MORDAZA de la revision permanente de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, se ha propuesto modificaciones, las cuales MORDAZA de su aprobacion y en cumplimiento con lo dispuesto en el articulo citado, deben ser prepublicadas a fin de recibir las sugerencias y aportes de los operadores, personal aeronautico y publico en general, siendo necesaria la expedicion del acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru; Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la difusion del proyecto de modificacion de la RAP 67 ­ Normas Medicas y Certificacion, correspondiente a la Revision Nº 18 de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, cuyo texto se encuentra a disposicion del publico en la pagina Web de la Direccion General de Aeronautica Civil: www.mtc.gob.pe/dgac.html. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CROVETTO MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) 15195

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito de corrupcion de funcionarios en agravio de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 373-2005-CG
MORDAZA, 1 de setiembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 237-2005-CG/ZC, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, periodo enero de 1996 a marzo de 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del respectivo Plan Anual de Control, la Contraloria General de la Republica dispuso que se efectue un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que tuvo como objetivo evaluar la administracion de los recursos, la ejecucion de obras publicas, la contratacion de servicios y la gestion del Organo de Control Institucional;

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