Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2006 (24/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

335397

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28945
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica; ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Tambien podran acogerse al procedimiento de reordenamiento y formalizacion previsto en el presente articulo, las empresas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, vienen explotando MORDAZA de juego de maquinas tragamonedas con Autorizacion Expresa otorgada por la Direccion Nacional de Turismo en cumplimiento de un mandato judicial. Igualmente, las empresas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, han venido explotando MORDAZA de juego de maquinas tragamonedas en virtud de acuerdos privados celebrados con titulares de sentencias o resoluciones judiciales que restringieron el ejercicio de las facultades de autorizacion, fiscalizacion y sancion de la Direccion Nacional de Turismo. Articulo 3º.- Sustitucion del articulo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 Sustituyese el articulo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 5º.- Ubicacion de los establecimientos Los establecimientos destinados a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas no podran estar ubicados a menos de ciento cincuenta (150) metros, contados siguiendo el minimo MORDAZA peatonal posible, desde la MORDAZA de ingreso principal de templos y centros de estudios donde se imparte educacion inicial, primaria y secundaria, hasta la MORDAZA de ingreso principal de dichos establecimientos. Vencida la respectiva Autorizacion Expresa, los operadores que se dediquen a las actividades de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas, podran solicitar su renovacion sin que les sea oponible la posterior instalacion de los referidos centros de estudio dentro de la distancia senalada en el parrafo precedente." Articulo 4º.- Creacion de la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas Crease la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, dependiente del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, como la autoridad competente de formular, proponer, supervisar y fiscalizar las normas generales administrativas no tributarias de alcance nacional, que regulan y controlan la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas. En consecuencia, entiendese que toda mencion a la Direccion Nacional de Turismo o a la Direccion de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas establecida en las normas que regulan la actividad de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas, asi como en resoluciones supremas, resoluciones ministeriales, resoluciones viceministeriales, resoluciones secretariales, resoluciones directorales y demas dispositivos, debe considerarse como referida a la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. La politica remunerativa, aprobada por Decreto Supremo N° 034-2001-EF, corresponde a la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. Articulo 5º.- Sustitucion del articulo 14º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 Sustituyese el literal q) del parrafo 14.1 del articulo 14º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, de acuerdo con el siguiente tenor: "q) Para el caso de MORDAZA de juegos de casino: Informacion detallada del sistema de audio y video en cada una de las mesas de juego, en las areas de MORDAZA y sala de conteo, boveda, asi como en las puertas de ingreso y salida de personas, de conformidad con las especificaciones tecnicas previstas en el Reglamento. Para el caso de MORDAZA de juego de maquinas tragamonedas: Informacion detallada del sistema de audio y video en las areas de MORDAZA y sala de conteo, boveda, asi como en las puertas de

LEY DE REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION DE LA ACTIVIDAD DE EXPLOTACION DE JUEGOS DE CASINO Y MAQUINAS TRAGAMONEDAS
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley establece el MORDAZA para el reordenamiento y formalizacion de la actividad de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas manteniendo su caracter excepcional. La actividad de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas, asi como la de juegos de casino se desarrollan en el MORDAZA de las disposiciones especiales que las regulan, asi como en lo dispuesto en la presente Ley. Articulo 2º.- Reordenamiento y formalizacion de la actividad de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas Las empresas en cuyos establecimientos se vienen explotando maquinas tragamonedas a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, sin contar con Autorizacion Expresa otorgada por la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, pueden acogerse al siguiente procedimiento de reordenamiento y formalizacion: a) Presentar solicitud de reordenamiento y formalizacion para obtener la Autorizacion Expresa correspondiente dentro de un plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. b) Las empresas adjuntaran, respecto de cada uno de los establecimientos, la informacion y documentacion establecida en la legislacion vigente, sin que les sea de aplicacion las exigencias establecidas en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796. c) Las empresas que presenten solicitud de reordenamiento y formalizacion estan sujetas a la aplicacion del articulo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, segun el texto que se indica en el articulo 3º de la presente Ley, salvo para el caso de templos. d) En el caso de que el establecimiento no cuente con Informe Tecnico de Seguridad a Detalle, expedido por el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, podra presentarlo dentro de un plazo adicional de sesenta (60) dias, contados a partir de la fecha de ingreso de la solicitud de reordenamiento y formalizacion. Concluido dicho plazo adicional sin que la empresa MORDAZA cumplido con la MORDAZA del Informe Tecnico de Seguridad a Detalle, se declarara por no presentada la solicitud, disponiendose el archivamiento de la documentacion adjuntada a la misma.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.