Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2006 (24/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de marzo de 2006

mediante Resolucion Ministerial Nº 2179-2005-IN, del 3 de octubre de 2005. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Absolver de los cargos imputados a los ex funcionarios de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARBI, por las razones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Sancionar al Sr. MORDAZA MORDAZA PALAZUELOS MORDAZA, con suspension sin goce de remuneraciones por 30 dias, por las razones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 3º.- Sancionar con Destitucion a los ex funcionarios de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y al Sr. MORDAZA MORDAZA PAZ NAVA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo variar en consecuencia, las resoluciones respectivas que pusieron fin a la relacion laboral de los mencionados con el Sector Interior, por la medida disciplinaria adoptada. Articulo 4º.- Disponer que MORDAZA de la presente Resolucion sea remitida a la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines del caso. Articulo 5º.- Notificar la presente Resolucion a los ex funcionarios involucrados, de conformidad con la Ley, y disponer que la Direccion General de Personal del Ministerio del Interior, inserte MORDAZA de la presente Resolucion en el legajo personal de cada uno de los procesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 05296

De conformidad con el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion. Apruebase el Reglamento de la Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa, que consta de treinta y dos articulos y ocho disposiciones complementarias, y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia REGLAMENTO DE LA LEY MORDAZA PARA LA PRODUCCION Y SISTEMATIZACION LEGISLATIVA TITULO PRELIMINAR Disposiciones Generales Articulo I.- Ambito de aplicacion El presente Reglamento es de aplicacion en todas las entidades de la Administracion Publica, para la elaboracion de anteproyectos de ley y proyectos de decretos legislativos, decretos de urgencia y decretos supremos, sin menoscabo de las atribuciones y potestades del Congreso de la Republica, y ademas, en lo que sea pertinente, a las normas reglamentarias y actos administrativos de las entidades de la Administracion Publica que se publiquen en el Diario Oficial. Articulo II.- Finalidad El presente Reglamento tiene por finalidad establecer los lineamientos de tecnica normativa orientados a la homogenizacion de los textos de las disposiciones normativas, contribuyendo a la mejora de su calidad y a la seguridad juridica. TITULO I Aspectos generales de la estructura normativa Articulo 1º.- Partes de la estructura normativa. 1.1 Los anteproyectos de ley y los proyectos de Decreto Legislativo y de Decreto de Urgencia se estructuran en las siguientes partes: 1.1.1 Titulo de la disposicion. 1.1.2 Parte expositiva o exposicion de motivos. 1.1.3 Analisis costo beneficio. 1.1.4 Analisis de impacto de la vigencia de la MORDAZA en la legislacion nacional. 1.1.5 Formula normativa, en la que se incluye una parte considerativa, parte dispositiva y parte final. 1.2 Los proyectos de Decretos Supremos estan integrados por: 1.2.1 Titulo de la disposicion. 1.2.2 Parte expositiva o exposicion de motivos. 1.2.3 Analisis costo beneficio, solo en el caso de Decretos Supremos que versen sobre materias economicas y financieras. 1.2.4 Analisis de impacto de la vigencia de la MORDAZA en la legislacion nacional. 1.2.5 Formula normativa, que incluye una parte considerativa y una parte dispositiva.

JUSTICIA
Aprueban Reglamento de la Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa
DECRETO SUPREMO Nº 008-2006-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa, preve los lineamientos para la elaboracion, denominacion y publicacion de las leyes, con el objeto de sistematizar la legislacion y con la finalidad de lograr su unidad y coherencia para garantizar la seguridad juridica en el pais; Que el literal h) del articulo 6º de la Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 25993, preve que es funcion del Ministerio de Justicia, sistematizar la legislacion e informacion juridica de caracter general y promover su estudio y difusion asi como ejecutar o coordinar su edicion oficial; Que el articulo 4º de la Ley Organica del Sector Justicia preve que es finalidad del Ministerio de Justicia velar por la vigencia del MORDAZA de la Ley, el derecho y la justicia; Que la mejora de la calidad normativa contribuye a la vigencia del MORDAZA de seguridad juridica, y en consecuencia del MORDAZA de la ley, cuya vigencia es una de las finalidades del Ministerio de Justicia; Que, en consecuencia, es pertinente reglamentar las disposiciones de la Ley Nº 26889, para su aplicacion por las entidades del Poder Ejecutivo, sin menoscabo de las atribuciones del Congreso de la Republica, en la elaboracion de anteproyectos de leyes, proyectos de decretos legislativos y decretos de urgencia, y en todo lo que sea aplicable, en los proyectos de decretos supremos, normas reglamentarias y actos administrativos;

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