Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2006 (24/03/2006)


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3. Igualdad de Oportunidades

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de marzo de 2006

planeamiento del presupuesto participativo y se agrupan en dos niveles: - Agentes Participantes con Voz y Voto: 1. Miembros del Consejo de Coordinacion Regional. 2. Un representante de cada Consejo de Coordinacion Local provincial o distrital, acreditado por la autoridad municipal correspondiente. 3. Miembros del Consejo Regional. 4. Un representante de cada municipio provincial o distrital ubicado dentro del territorio regional de Lambayeque. 5. Un Representante de cada Organizacion Social e Instituciones Privadas inscritas en el libro de registro de las organizaciones de la sociedad civil del gobierno regional de Lambayeque. 6. Un Representante de cada Organizacion Social o Institucion Privada que solicite su inscripcion para la elaboracion del presupuesto participativo solamente en el MORDAZA fiscal 2007. 7. Un Representante de cada entidad del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en la jurisdiccion se encuentre o no en MORDAZA de transferencia de funciones (direcciones regionales sectoriales, instituciones, organismos, programas y proyectos especiales). 8. Los representantes de la sociedad civil no organizada que acrediten su inscripcion para este MORDAZA conforme al Articulo 11º de este Reglamento. - Agentes Participantes con Voz pero sin Voto: 1. Equipo Tecnico. Esta presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional o Local y conformado por funcionarios de los Gobiernos Regionales y Locales de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional; de Programacion e Inversiones y del Area de Desarrollo MORDAZA y Rural. 2. Exper tos. Personas de la sociedad civil especialistas en los temas de planeamiento y presupuesto. Debiendo considerarse a mujeres y varones en forma equitativa y en igualdad de oportunidades. Articulo 7º.- Entre los representantes de la Sociedad Civil, estan comprendidas las Organizaciones Sociales, teniendo en consideracion el criterio territorial asi como la linea tematica desarrollada. TITULO MORDAZA

Resulta necesario el respeto a la igualdad de oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones por sexo y de caracter politico, ideologico, religioso, etnico, edad, racial o de otra naturaleza, de los y las representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en los procesos de planificacion y presupuesto participativo. 4. Equidad de Genero La equidad de genero debe ser observada no solo en cuanto a la composicion por cuotas de los agentes participantes, sino y sobretodo a que el propio presupuesto pueda ser trabajado de manera que promueva la participacion de todas las personas cualquiera sea su sexo, buscando un equilibrio en su intervencion. CAPITULO MORDAZA DE SU APLICACION Y BASE LEGAL Articulo 2º.- El presente Reglamento MORDAZA y regula el MORDAZA de identificacion de los Agentes Participantes que participaran en la elaboracion del presupuesto de la Region MORDAZA, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes. Articulo 3º.- La base legal que ampara el desarrollo de este MORDAZA, esta definida en las siguientes normas: - Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralizacion. - Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales. - Ley que modifica la Ley Nº 27867, y que regula la participacion de los Alcaldes Provinciales y de la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales para fortalecer el MORDAZA de descentralizacion y regionalizacion. Ley Nº 27902. - Ley Nº 28056 - MORDAZA del Presupuesto Participativo. - Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Cuando en el presente Reglamento se haga mencion a la Ley, se entendera que es la Ley Nº 28056. TITULO MORDAZA OBJETIVO E INSTANCIAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPITULO PRIMERO OBJETIVO

PROCEDIMIENTO Articulo 4º.- El MORDAZA del presupuesto participativo, al igual que el de planeamiento del desarrollo concertado, tiene como objetivo reforzar la relacion entre el Estado y la Sociedad Civil, en el MORDAZA de un ejercicio de la ciudadania que utiliza los mecanismos de democracia directa y democracia representativa, generando compromisos y responsabilidades compartidas. Para ello debera tenerse en cuenta los Principios Rectores que senala la Ley, y en especial los senalados en el articulo primero del presente Reglamento. CAPITULO MORDAZA INSTANCIAS Articulo 5º.- Constituyen instancias de participacion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, en concordancia con las disposiciones legales vigentes: - El Consejo de Coordinacion Regional; - Los Consejos de Coordinacion Local Provincial; - Los Consejos de Coordinacion Local Distrital; TITULO TERCERO AGENTES PARTICIPANTES Y MORDAZA DE IDENTIFICACION CAPITULO PRIMERO DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Articulo 6º.- Los Agentes Participantes son todas aquellas personas que participan en el MORDAZA de CAPITULO PRIMERO DE LA CONVOCATORIA Articulo 9º.- El Presidente Regional, como Presidente del Consejo de Coordinacion Regional y titular del pliego, es el responsable de llevar adelante las distintas fases del MORDAZA, conforme a los mecanismos que se establecen en la Ley y en el presente Reglamento. Articulo 10º.- Durante todo el MORDAZA de difusion de la convocatoria para el presupuesto participativo, el Gobierno Regional debera tener en cuenta los siguientes criterios que permitan asegurar la participacion mas amplia posible de ciudadanos y ciudadanas: a) Desarrollar la difusion e informacion del MORDAZA, teniendo en cuenta la estrategia comunicacional de Informacion, Educacion y Comunicacion (IEC). b) La publicidad y difusion se debera realizar, a traves de diferentes medios de comunicacion (Diarios, Radios, TV) y con la ayuda de material informativo (tripticos, afiches, volantes). c) Asegurar que la difusion sea de alcance regional, y en especial en los lugares y territorios mas alejados como los Centros Poblados, Caserios y Comunidades, a fin de evitar que las distancias geograficas MORDAZA causantes de la poca participacion de las poblaciones que habitan en estas zonas. d) Participacion sensible al genero y con igualdad de oportunidades. Se debera promover, en especial, la

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