Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2006 (24/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de marzo de 2006

Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA Articulo Unico.- RECTIFIQUESE la parte resolutiva de la Ordenanza Regional Nº 020-2005-GR.LAMB./CR conforme al contenido en la Mocion de Orden del Dia que le sirvio de sustento, debiendo en consecuencia modificarse su texto por el siguiente:

"Articulo Primero.- CREESE la Comision Multisectorial encargada de evaluar la contaminacion de las aguas de la MORDAZA media y baja del Rio Zana por accion de deshechos organicos como principales contaminantes. Articulo Segundo.- La Comision Multisectorial esta conformada por las siguientes instituciones:
- Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente - GRL - MORDAZA Distrital de Nueva MORDAZA - MORDAZA Distrital de Oyotun - Direccion Ejecutiva Salud Mental -DESA - Junta de Usuarios del Distrito de Riego del MORDAZA del Zana - Grupo Tecnico del Agua - GRL - EPSEL.

Ar ticulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente la implementacion de la presente Ordenanza Regional, debiendo necesariamente la Comision Multisectorial asi formada, presentar al Consejo Regional por lo menos un (1) reporte trimestral de las labores que MORDAZA realizado."
POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 05388

Crean el Consejo de Coordinacion Regional de la Juventud de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2006-GR.LAMB./CR Chiclayo, 9 de febrero de 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 30 de enero de 2006, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 17º, establece que los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica ; asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control,

evaluacion y rendicion de cuentas, y que la participacion de los ciudadanos se canaliza a traves de espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes, y en los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a Ley; Que, de conformidad con el articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, entre otros, el de formular, aprobar y evaluar las politicas de desarrollo social e igualdad de oportunidades, en concordancia con la politica general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los gobiernos locales; asi como promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, la Ley Nº 27802, de creacion del Consejo Nacional de la Juventud, considera joven a la etapa del ser humano donde se inicia la madurez fisica, psicologica y social con una valoracion y reconocimiento; con un modo de pensar, sentir y actuar; con una propia expresion de MORDAZA, valores y creencias, base de la definitiva construccion de su identidad y personalidad hacia un proyecto de vida; Que, la Ley Nº 27802 de Creacion del Consejo Nacional de la Juventud, reconoce como deberes de los jovenes el respeto, cumplimiento y promocion del ordenamiento constitucional y legal, asumiendo su rol participativo y solidario en el MORDAZA de desarrollo local, regional y nacional, segun corresponde y que, los jovenes deben asumir una conducta responsable y de respeto que contribuya al fortalecimiento de la familia, la sociedad y la Nacion; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA reconoce los principios de equidad, asociacionismo, participacion y descentralizacion contenidos en los articulos 3º, 4º, 5º y 6º de la Ley Nº 27802 de Creacion del Consejo Nacional de la Juventud; Que, es politica del Gobierno Regional de MORDAZA contribuir al desarrollo integral de la juventud lambayecana, entendiendose como tal al conjunto de acciones orientadas a lograr el bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como para la participacion activa de los jovenes lambayecanos en la MORDAZA politica, social, cultural y economica de la region; Que, en concordancia con los considerandos precedentes, es necesario que el Gobierno Regional de MORDAZA, oficialice la creacion del Consejo de Coordinacion Regional de la Juventud de MORDAZA, como un espacio de consulta, coordinacion y concertacion de la politica regional de juventud, y como espacio de encuentro entre las instituciones del Estado del nivel regional y local y las organizaciones de jovenes organizados y no organizados; Que, acorde con lo previsto por el Art. 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- CREASE el Consejo de Coordinacion Regional de la Juventud de MORDAZA, como espacio de consulta, coordinacion y concertacion de la politica regional de juventud, y como espacio de encuentro entre las instituciones del estado del nivel regional y local y las organizaciones de jovenes organizados y no organizados. Articulo Segundo.- El Consejo de Coordinacion Regional de la Juventud de MORDAZA, tiene las siguientes atribuciones y funciones: a. Proponer a la Presidencia y al Consejo del Gobierno Regional la politica de Estado, en el nivel regional, en materia de juventudes. b. Proponer a la Presidencia y al Consejo del Gobierno Regional el Plan Regional de la Juventud; diagnosticar, ejecutar, monitorear, evaluar e informar sobre sus resultados.

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