Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2006 (13/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano miercoles 13 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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d. Orientar las acciones por la eliminacion del trabajo Infantil en sus peores formas y por debajo de la edad minima catorce (14) anos; e. Contribuir al cumplimiento de la normativa nacional e internacional en el area de trabajo infantil; f. Fortalecer las acciones publicas y privadas en materia de erradicacion del trabajo infantil. Articulo Tercero.- El Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil CDRPETI- de la Region MORDAZA, estara integrado por: - Un Representante del Gobierno Regional de MORDAZA, quien lo presidira. - Un Representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un Representante de la MORDAZA de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un Representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en la Region. - Un Representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un Representante de la Direccion Regional de Salud. - Un Representante de la Direccion Regional de Agricultura. - Un Representante de la Direccion Regional de Energia y Minas. - Un Representante de la Policia Nacional del Peru. - Un Representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - Un Representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. - Un Representante del Poder Judicial. - Un Representante del Ministerio Publico. - Un Representante de cada una de las Municipalidades Provinciales de la Region. - Un Representante del Sindicato Unitario de Trabajadores Administrativos de las Instituciones Educativas e Institutos Superiores del Peru. - Un Representante de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. - Un Representante del Obispado de Huacho. - Un Representante de la Camara de Comercio y Produccion de Huaura. - Un Representante de la Camara de Comercio de Huaura. - Un Representante de la Asociacion de Pequenos y Micro Empresarios de Huaura. - Un Representante de la Mesa de Concertacion de Lucha contra la Pobreza. - Un Representante del Colegio de Abogados de Huaura. - Un Representante del Instituto Nacional de Bienestar Infantil. - Un Representante de la Beneficencia Publica de Huaura. Articulo Cuarto.- La Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de MORDAZA, actuara como Secretaria Tecnica del mencionado Comite y contara con el apoyo tecnico de expertos del programa internacional de la Erradicacion del Trabajo Infantil de la OIT y del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Quinto.- Las instituciones publicas citadas en el Articulo Tercero de la presente Resolucion Ejecutiva Regional designara y acreditara ante la Secretaria Tecnica del Comite Directivo Regional a sus representantes (1 Titular y 1 Alterno) en el termino de 10 dias contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. El Comite Directivo Regional debera instalarse dentro de los primeros 10 dias habiles de efectuado la publicacion de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Encargar a la Secretaria General Regional, conjuntamente con la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, la ejecucion de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 02024-1

G O BI MORDAZA S L CAL O ES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
C onvocan a E l ecci ones de R epresentantes de l S oci a edad C i l ante el vi st t C onsej de C oordi o naci LocalD i ri al on
DECRETO DE ALCALDIA Nº 37 Miraflores, 12 de septiembre de 2006 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, regula la organizacion y estructura del Consejo de Coordinacion Local Distrital, que esta constituido por el MORDAZA Distrital, quien lo preside, los regidores distritales y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones y organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, como un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales; Que, el tercer parrafo de la MORDAZA citada prescribe que los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos, de entre los delegados acreditados de las organizaciones de nivel distrital que se hayan inscrito en el registro que para tal efecto abrio la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten los requisitos exigidos en dicha MORDAZA y en la Ordenanza Nº 129 de esta Municipalidad; Que la misma MORDAZA citada dispone que la eleccion de los representantes sera supervisada por el organismo electoral correspondiente; Que, de conformidad con el articulo 104º de la Ley acotada, entre las principales funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital esta la de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, de conformidad con el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ordenanza Nº 129, modificado por la Ordenanza Nº 150, la convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, la realizara el MORDAZA de Miraflores, mediante Decreto de Alcaldia; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Convoquese a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores, a llevarse a cabo el dia jueves 28 de septiembre de 2006, a partir de las 18:00 horas en el Palacio Municipal de Miraflores, sito en la Av. Larco Nº 400 - Miraflores. Articulo Segundo.- El Comite Electoral recibira las candidaturas hasta las 12.00 horas del dia miercoles 20 de septiembre de 2006. Articulo Tercero.- El dia de las elecciones, el Comite Electoral se reunira a las 16:30 horas y se instalara a las 17.00 horas; una vez instalado, su Presidente pasara a tomar lista a los delegados-electores que figuran en el Padron Electoral y de no verificar la presencia del 50% mas uno de los delegados-electores, se MORDAZA un receso de treinta (30) minutos, pasados los cuales se volvera a pasar lista y se iniciara el MORDAZA electoral con los delegados-electores que se encuentren presentes. Articulo Cuarto.- Para proceder al sufragio, el Comite Electoral llamara a cada delegado-elector y este presentara su documento de identidad, recibira la cedula de votacion, ingresara solo a la Camara Secreta, marcara con una MORDAZA o un aspa hasta por cuatro candidatos de su preferencia, introducira su MORDAZA en el anfora, firmara e imprimira su huella digital en el Padron Electoral y recogera su documento de identidad. Articulo Quinto.- El MORDAZA valido contiene hasta cuatro MORDAZA, cada MORDAZA es una MORDAZA o un aspa cuya

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