Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2007 (28/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de agosto de 2007

la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Ejecucion de la Obra de emergencia construccion de una variante, a nivel subrasante lastrada, del trazo actual de la Carretera Ollantaytambo ­ Quillabamba por desprendimiento de plataforma en el Km. 66+300 de la mencionada carretera y a la contratacion del servicio de Supervision correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, el dia 25.06.07 a horas 8:30 a.m., en el trecho KM. 66+430/490 de la Carretera MORDAZA Malaga ­ MORDAZA, que es parte de la ruta a Quillabamba, se ha producido el desprendimiento y deslizamiento de una parte de la plataforma de la carretera, lo que imposibilita el MORDAZA regular, no habiendo forma inmediata de restituir el trafico en la MORDAZA debido a la magnitud de la ocurrencia y al hecho que el talud interno donde se trabaja el pase provisional es un farallon rocoso con MORDAZA geologica y una estratigrafia que imposibilita el trabajo normal de voladuras de gran volumen que se requieren para conseguir la via provisional; Que, el 07.08.07 el Especialista de Obras de PROVIAS NACIONAL, remite al Gerente de Obras de PROVIAS NACIONAL el Informe Nº 196-2007-MTC/20.5-GLLC mediante el cual informa que el Consorcio SERCONSULTMOTLIMA ha presentado el Expediente de Trabajos de las Obras de Emergencia por Desprendimiento de la Plataforma en el Km 66+300 de la Carretera Ollantaytambo - Quillabamba el mismo que asciende a la suma de S/. 8 925 265.52 (Ocho Millones novecientos veinticinco mil doscientos sesenta y cinco con 52/100 Nuevos Soles) segun el detalle siguiente:
CONCEPTO Ejecucion de Obras Supervision de Obras Total MONTO S/. (incluye IGV) 8 701 846.89 223 418.63 8 925 265.52

tramitacion de una Resolucion que autorice la contratacion, por situacion de emergencia, para: - Autorizar al Consorcio SERCONSULT-MOTLIMA para que mediante un MORDAZA contrato, por un monto de S/. 223 418.63 (Doscientos veintitres mil cuatrocientos dieciocho con 63/100 Nuevos Soles) incluido IGV, efectue la Supervision de los trabajos requeridos para superar la situacion de emergencia generada como consecuencia del siniestro ocurrido en el Km. 66+300 de la Carretera Ollantaytambo ­Quillabamba, y poder restablecer el trafico hacia Quillabamba; y, - Autorizar a la empresa Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A. - ICCGSA para que mediante un MORDAZA contrato, por un monto de S/. 8 701 846.89 (Ocho Millones setecientos un mil ochocientos cuarenta y seis con 89/100 Nuevos Soles) incluido IGV ejecute el trabajo de mejoramiento del MORDAZA peatonal de trasbordo y la construccion de la variante que permita restablecer el trafico de la Carretera Ollantaytambo ­Quillabamba; Que, senala que se trata de obras destinadas unicamente a restablecer el trafico en la Carretera Ollantaytambo ­ Quillabamba; y, de esta manera superar la situacion de emergencia, que a causa de la MORDAZA geologica se mantiene vigente y precisa que, una vez superada esta situacion de emergencia, sera necesario convocar un Estudio Definitivo que determine los parametros tecnicos definitivos con que debera realizarse la construccion de la carretera en el sector afectado; Que, el 09.08.07 la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones emite el Informe Nº 11272007-MTC/09.03 mediante el cual se indica que se ha procedido a la apertura de meta habilitandose los recursos necesarios para el estudio, supervision y ejecucion de las obras de emergencia por desprendimiento de la plataforma en el Km. 66+300 de la Carretera Ollantaytambo Quillabamba, ascendente a la suma de S/. 8 925 266.00 (Ocho Millones novecientos veinticinco mil doscientos sesenta y seis con 00/100 Nuevos Soles); Que, el 10.08.07 la Gerencia de Asuntos Legales emite el Informe Nº 358-2007-MTC-20.3.CPC mediante el cual manifiesta que en base a la opinion tecnica de la Gerencia Obras de PROVIAS NACIONAL, recomienda expedir una Resolucion Ministerial que resuelva declarar en situacion de emergencia la contratacion de la construccion y supervision de las obras para la Construccion de la Variante de la Carretera MORDAZA Malaga ­ Alfamayo, por desprendimiento de plataforma en el Km. 66+300, e incluirlo en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Unidad Ejecutora 007- PROVIAS NACIONAL; por cuanto opina que, ante el evento producido, se ha puesto en riesgo la salud y la economia de los pobladores afectados; Que, de acuerdo con lo que se dispone en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM (en adelante LA LEY), toda adquisicion o contratacion que realice el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debera sujetarse a dicha disposicion como a su reglamento; Que, la referida normativa como regla general establece que toda adquisicion y contratacion se realice mediante procesos de seleccion los cuales, en el articulo 14º de LA LEY, se citan y que son los siguientes: (i) Licitacion Publica, (ii) Concurso Publico, (iii) Adjudicacion Directa Publica, (iv) Adjudicacion Directa Selectiva, y (v) Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, debido a que la contratacion del servicio Supervision y la Ejecucion de las obras de emergencia para la construccion de una variante, a nivel subrasante lastrada, del trazo actual de la Carretera Ollantaytambo ­ Quillabamba por desprendimiento de la plataforma en el Km. 66+300 de la mencionada carretera, se refieren a servicios de supervision y ejecucion de obras y que el valor referencial de los mismos, segun lo informado por PROVIAS NACIONAL, asciende a la suma de: i. Para la Ejecucion de Obras a S/. 8 701 846.89 (Ocho Millones setecientos un mil ochocientos cuarenta y seis con 89/100 Nuevos Soles). ii. Para la Supervision de Obras a S/. 223 418.63 (Doscientos veintitres mil cuatrocientos dieciocho con 63/100 Nuevos Soles). Por lo que, los tipos de procesos de seleccion que corresponderian para cada uno de ellos serian el de Licitacion Publica y el de Concurso Publico respectivamente; Que, no obstante lo expuesto, debemos senalar que el articulo 19º de LA LEY, admite que, en determinados casos, pueden existir excepciones a dicha regla; por lo

Que, el 07.08.07, el Gerente de Obras de PROVIAS NACIONAL, solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Memorandum Nº 2362-2007-MTC/20.5, la habilitacion de recursos necesarios para la Supervision y Ejecucion de las obras de emergencia por desprendimiento de la plataforma en el Km. 66+300, de la Carretera Ollantaytambo - Quillabamba, ascendente a la suma de S/. 8 925 265.52 (Ocho Millones novecientos veinticinco mil doscientos sesenta y cinco con 52/100 Nuevos Soles); Que, el 08.08.07 el Especialista de Obras de PROVIAS NACIONAL, remite al Gerente de Obras de PROVIAS NACIONAL el Informe Nº 197-2007-MTC/20.5-GLLC mediante el cual informa que: i. La unica forma de superar la situacion de emergencia y restablecer el trafico a corto plazo era mediante la construccion de una variante, a nivel subrasante lastrada, del trazo actual de la carretera. ii. Los efectos de la MORDAZA geologica estan vigentes a la fecha, incluso el 06.08.07 se produjo un desprendimiento considerable de MORDAZA fracturada. iii. Segun lo informado por el Supervisor de Obra en su Informe Especial 011-2007/JS el trazo de la variante no se puede establecer en forma definitiva ya que los desprendimientos continuan y su trazo se definira conforme se avancen los trabajos. iv. El MORDAZA usado para trasbordo de pasajeros ha sido mejorado de modo sustancial, mediante la colocacion de empedrados en las zonas fangosas, adecuando escalinatas, senalizacion, plataformas de descanso y la habilitacion de un paramedico en la MORDAZA para brindar primeros auxilios ante cualquier emergencia; Que, asimismo, comunica que el Presupuesto Referencial para ejecutar las obras de emergencia y la supervision de las mismas, han sido elaborados en base a las tarifas contractuales tanto del Contratista, como del Supervisor del tramo I de la Carretera MORDAZA Malaga ­ Alfamayo; tramo I: MORDAZA Malaga ­ MORDAZA los mismos que se detallan en los expedientes presentados por el Supervisor los dias 6 y 7 de agosto del ano en curso. Que, por lo expuesto considera pertinente la contratacion de los trabajos requeridos para superar la situacion de emergencia generada como consecuencia del siniestro ocurrido en el Km. 66+300 de la Carretera Ollantaytambo ­ Quillabamba, por lo que es necesario la

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