Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2007 (28/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de agosto de 2007

la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimile y el correo electronico; asimismo, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella debera cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Que, la Resolucion Directoral Nº 011-2007-EF/68.01 establece en su Articulo 1º numeral 1.1:"Dispongase que, hasta el 31 de diciembre del 2007, la declaracion de viabilidad de los proyectos de inversion publica destinados a la reconstruccion o rehabilitacion de la infraestructura publica que hubiera resultado danada por el sismo registrado el 15/08/07, sera otorgada a nivel de Perfil independientemente del monto de inversion (...) Estando a las facultades conferidas por el numeral 2 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipalidades), el Concejo Municipal por mayoria; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR LA SITUACION DE EMERGENCIA por el terremoto acontecido con fecha 15 de agosto de 2007, disponiendose las contrataciones y adquisiciones pertinentes, que permitan prevenir y atender el desastre generado en el distrito, con cargo a dar cuenta al Concejo de los gastos efectuados, conforme lo indicado en la parte considerativa. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y a la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

taxativamente que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, con fecha 23 de agosto de 2007, la Asociacion Pena del Tango-C.A.M-La Punta, envia una carta a nuestro MORDAZA, Doctor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en donde a nombre de los integrantes de la Junta Directiva y de todos los socios de la Pena del Tango-La Punta, le solicitan la utilizacion del Teatro Municipal del Callao "Alejandro Granda Relayza", para el dia miercoles 29 de agosto de 2007, fecha que se efectuara un espectaculo denominado "Noche de MORDAZA del Tango", cuya ganancia dineraria sera destinada integramente a beneficio de los damnificados del terremoto en los pueblos del sur de nuestra patria, solicitando para tal efecto la exoneracion del pago por el derecho de uso de las instalaciones del mencionado teatro, y de ser posible que la Gerencia General de Relaciones Publicas publicite el evento, manifestando que la totalidad de artistas que actuaran en el indicado dia, lo haran adhonoren. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente;

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACION DE PAGO POR DERECHO DE USO DEL TEATRO MUNICIPAL MORDAZA GRANDA RELAYZA A LA INSTITUCION LA MORDAZA DEL TANGO
Articulo 1º.- Apruebase la exoneracion de pago por derecho de uso del Teatro Municipal "Alejandro Granda Relayza" a la institucion la Pena del Tango C.A.M-La Punta, para realizar una funcion denominada "Noche de MORDAZA del Tango" a realizarse el 29 de agosto de 2007, cuyas utilidades seran donadas a los damnificados del terremoto en los pueblos del sur de nuestra patria. Articulo 2º.- Encargase a las Gerencias Generales de Servicios Sociales y Culturales y de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:

101433-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban exoneracion de pago por derecho de uso del Teatro Municipal MORDAZA Grana Relayza a la institucion La Pena del Tango
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000043
Callao, 23 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 23 de agosto de 2007; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194 establece que las municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 9, establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley, en concordancia con el MORDAZA parrafo del articulo 40 del mismo cuerpo normativo, que enuncia

Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

101453-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de arroz pilado para el Programa de Complementacion Alimentaria de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 23-2007-HMPP
Cerro de Pasco, 24 de agosto del 2007 VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 24 de agosto del 2007, el Informe Nº 003-2007-HMPP-CE de fecha 3 de agosto del 2007, emitido por la Comision encargada de las Adquisiciones de Productos Alimenticios Nacionales de Origen Agropecuario y Microbiologico, para los Programas de Apoyo Alimentario y Compensacion Social, sujetas a la Ley Nº 27767 "Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria", y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 002-2004MIMDES, el Informe Nº 201V-2007­SGPS/HMPP de fecha 6 de agosto del 2007 de la Subgerencia de Programas Sociales, el Informe Nº 70-2007-GM-HMPP de fecha 7 de agosto del 2007 de la Gerencia Municipal, la solicitud de fecha 21 de agosto del 2007 del Comite

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