Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2007 (07/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

355067

Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva de los procesados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y ELDER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que MORDAZA procesados por la presunta comision del delito de Adulteracion de Documento Publico Destinado a Acreditar la Identidad de las Personas (Exp. N° 50-2007); Que, mediante el informe N° 089-2007/COE-TC del 8 de agosto de 2007 la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion pasiva de los referidos procesados; Que, los requeridos habrian incurrido en adulteracion de documento de identidad con la finalidad de obtener trabajo en la Republica de Italia y son progenitores de dos menores de edad, los mismos que quedarian en abandono material y moral en caso de acceder a lo solicitado por las autoridades de la Republica Argentina; Que, en atencion a la especial situacion de vulnerabilidad y dependencia en la que se encuentran el MORDAZA y adolescente, nuestra Constitucion Politica establece en el articulo 4° una especial proteccion, que se encuentra acorde con la Resolucion Legislativa N° 26474 que aprueba la Convencion relativa a la Proteccion del MORDAZA y a la Cooperacion en Materia de Adopcion Internacional, la misma que recomienda a los Estados signatarios reconozcan que para el desarrollo armonico de la personalidad, el MORDAZA debe crecer en un medio familiar adecuado, por lo que cada Estado deberia tomar, con caracter prioritario, medidas adecuadas que permitan mantener al MORDAZA en su familia de origen; Que, estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514° del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, el inciso 5) del articulo 34° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS; a lo dispuesto en el numeral 7) del articulo IV del Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires el 11 de junio de 2004, aprobado por el Peru mediante Resolucion Legislativa N° 28433 del 3 de diciembre de 2004, ratificado por Decreto Supremo N° 0092005-RE del 25 de enero de 2005, vigente desde el dia 19 de MORDAZA de 2006; y lo dispuesto en el literal "b" del articulo 28° del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Denegar el pedido de extradicion pasiva de los procesados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y ELDER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de MORDAZA de MORDAZA de la MORDAZA de Buenos Aires - Republica Argentina. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 117960-6

VISTO, la Nota Informativa Nº 103-2007-JUS/CNDHSE del Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, se hace de conocimiento que la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha convocado a Reuniones de Trabajo y Audiencias a realizarse en el MORDAZA de la celebracion de su 130º Periodo Ordinario de Sesiones; a realizarse los dias 11 y 12 de octubre del presente ano en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, en las referidas Audiencias se trataran los temas correspondientes al Caso Nº 11.084 - MORDAZA MORDAZA Sedo, a la denuncia sobre la criminalizacion de la protesta social en el Peru, y a la situacion de los Pueblos Indigenas en aislamiento voluntario en el Peru respecto a las medidas cautelares Nº 262-05, Nº 102-07 y Nº 129-07; por lo que la Direccion General de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores ha solicitado se designe el representante del Estado Peruano que asista, a fin de efectuarse las acreditaciones correspondientes; Que, el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia es el organo encargado de promover, coordinar y difundir la tutela y vigencia de los derechos fundamentales de la persona, el mismo que viene ejecutando el Plan Nacional de Derechos Humanos, asumido por el Ministerio de Justicia en el MORDAZA de los compromisos derivados de normas internacionales; por lo que es necesario que el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TANTTE, Secretario Ejecutivo del referido Consejo Nacional, asista en representacion del Estado Peruano a las Audiencias convocadas por la CIDH, siendo conveniente autorizar el viaje del referido funcionario, asi como los gastos que dicho viaje irrogue; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TANTTE, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, del 10 al 12 de octubre de 2007, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,200.00 660,00 30.25

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la culminacion del viaje, el referido funcionario debera presentar ante la Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 117960-7

Autorizan viaje de Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2007-JUS MORDAZA, 6 de octubre de 2007

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