Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2007 (26/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2007

de Trabajo y Promocion del Empleo mediante Oficio Nº 1809-2007-MTPE/4 hizo de conocimiento de este Poder del Estado, que el Edificio de la sede central de dicho Ministerio, sito en la Av. Salaverry Nº 655, MORDAZA MORDAZA, en el cual funcionan dependencias jurisdiccionales del Poder Judicial en materia laboral, se encuentra en situacion de "riesgo alto", senalandose como una de las indicaciones de cumplimiento obligatorio inmediato restringir el acceso de personas a toda la edificacion, en salvaguarda de la MORDAZA humana; Que, por tales circunstancias, desde el 16 de agosto del ano en curso, los organos jurisdiccionales laborales vienen atendiendo en condiciones totalmente inadecuadas, con el consecuente perjuicio no solo de la Institucion sino de las partes interesadas que acuden a dichas instancias jurisdiccionales, lo que motiva se proceda al arrendamiento urgente de un inmueble que permita normalizar la administracion de justicia en materia laboral; Que, ante tal situacion, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolucion Administrativa Nº 201-2007CE-PJ dispuso, entre otras medidas, que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y la Gerencia General del Poder Judicial coordinen y adopten las medidas necesarias para la reubicacion transitoria y provisional en locales habilitados para dicho efecto dentro del Distrito Judicial de Lima; Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a traves del Oficio Nº 2720-2007-P-CSJLI/PJ, solicita la realizacion de los tramites correspondientes, a efectos de aprobarse el arrendamiento, en forma directa e inmediata, de un inmueble destinado al funcionamiento de las Tres MORDAZA Laborales y Once Juzgados Laborales de dicho Distrito Judicial, los mismos que venian funcionando en el inmueble ubicado en la Av. Salaverry 655, MORDAZA Maria; Que, asimismo, de los antecedentes adjuntos se aprecia que, luego de las evaluaciones efectuadas, los senores Jueces de Primera Instancia y Vocales Superiores de la especialidad Laboral del Distrito Judicial de MORDAZA, han acordado mediante Acta de fecha 15 de octubre del 2007, la instalacion transitoria de dichos organos jurisdiccionales en el inmueble ubicado Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 1065, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, en tal sentido, de acuerdo a lo requerido, mediante Carta s/n de fecha 15 de octubre del ano en curso, la Inmobiliaria CORONET S.A., propietaria del mencionado inmueble, remite su oferta para el arrendamiento del mismo, estableciendo como renta mensual la suma de US $ 17 850,00 incluido impuestos; Que, con relacion al procedimiento que debe seguirse para la contratacion de bienes, servicios y obras que MORDAZA necesarios para la reconstruccion de la infraestructura publica danada por el sismo del 15 de agosto ultimo, cabe precisar que por Decreto de Urgencia Nº 026-2007, publicado el 17 de agosto del ano 2007, en el Diario Oficial El Peruano, se ha establecido en el articulo 6º que dichas adquisiciones y contrataciones se realizaran en forma directa e inmediata sin necesidad de convocar al MORDAZA de seleccion que corresponda, observando los principios sobre contratacion publica; Que, del mismo modo precisa la acotada MORDAZA, que los actos preparatorios y los contratos que se celebren deberan cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, y modificatorias, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y modificatorias; y que la relacion de bienes, servicios y obras se debe aprobar mediante Resolucion del Titular de la Entidad o MORDAZA autoridad administrativa. Dicha resolucion, incluyendo la referida relacion debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales electronicos de las Entidades. Adicionalmente a lo senalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a efectos de la suscripcion de los contratos, los proveedores deberan presentar MORDAZA simple de la MORDAZA de inscripcion en el Registro Nacional de Proveedores y una declaracion jurada en la que manifiesten que no tienen impedimento para contratar con el Estado, conforme al articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como que son responsables de la veracidad y exactitud de los documentos e informacion que presentan para efectos del contrato; Que, los contratos que se derivan del mencionado Decreto de Urgencia estan sujetos a los mecanismos de control preventivo del Sistema Nacional de Control,

como las veedurias, a que se refiere la Directiva Nº 001-2005-CG/OCI-GSNA, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 528-2005-CG y modificada por Resolucion de Contraloria Nº 238-2006-CG, sin perjuicio del control posterior que corresponda, estableciendo finalmente que dentro de un plazo que no debe exceder de treinta (30) dias calendario siguientes a la suscripcion del contrato respectivo, las entidades deberan informar sobre los resultados de la contratacion y los criterios que se tuvo en cuenta para la identificacion del proveedor a la Comision de Fiscalizacion y Contraloria del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Todos estos contratos, deberan ser registrados e informados a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) dentro del mismo plazo; Que, en tal sentido, teniendo en consideracion lo expuesto por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y cumpliendo con lo establecido en el precitado Decreto de Urgencia, mediante Resolucion Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial Nº 794-2007-GG-PJ, se ha incluido en el numeral Nº 997 dicha contratacion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, asimismo, en cumplimiento del mencionado Decreto de Urgencia, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ha solicitado, de conformidad con lo previsto por el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la aprobacion del expediente de contratacion, pues, los terminos de referencia, la fuente de financiamiento y la disponibilidad presupuestal se encuentran debidamente determinados; Que, teniendo en consideracion la justificacion tecnica ­ legal precedentemente senalada y amparados en el MORDAZA de Economia que rige las contrataciones y adquisiciones estatales, resulta necesario expedir el acto administrativo correspondiente, a efectos de aprobar el expediente, asi como la contratacion en forma directa e inmediata del mencionado inmueble, de acuerdo al citado Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, y considerando que el inmueble siniestrado se encuentra asegurado, conforme al Contrato de Seguros Nº 005-2007-P-PJ, suscrito con la empresa MORDAZA Internacional Compania de Seguros y Reaseguros, la Gerencia General del Poder Judicial ha efectuado los requerimientos respectivos a la mencionada compania de seguros a efectos que de cumplimiento a lo establecido en el literal G del articulo 13 de las Condiciones Generales de Contratacion de la Poliza, el mismo que senala que la compania indemnizara las perdidas ocasionadas por el siniestro reembolsando las sumas pagadas por el asegurado; Que, en tal virtud la mencionada compania de seguros ha remitido la carta ATC.843/2007, la misma que senala que la indemnizacion se efectuara producto de la Poliza F Gastos Extras, por lo que se requiere primero que el gasto se MORDAZA efectuado por el asegurado para que este se configure como gasto extra; Que, estando a lo expuesto en el considerando precedente la Gerencia General del Poder Judicial a traves de la Subgerencia de Logistica debera realizar los tramites respectivos para que la mencionada Compania de Seguros efectue el reembolso de los gastos que se efectuen como consecuencia del contrato de arrendamiento que la presente resolucion autoriza, haciendo cumplir estrictamente la poliza de seguros correspondiente; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el expediente de contratacion del servicio de arrendamiento de inmueble destinado al funcionamiento de tres MORDAZA y once Juzgados laborales de la Corte Superior de MORDAZA, por el valor referencial de US $ 107 100,00 (Ciento Siete Mil Cien y 00/100 Dolares Americanos), por el periodo de 6 meses, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo Segundo.- APROBAR como parte de la relacion de bienes, servicios y obras necesarios para la reconstruccion de la infraestructura a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 026-2007, mediante contratacion directa, el arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de los organos jurisdiccionales referidos

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