Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2007 (24/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de setiembre de 2007

Que, posteriormente, mediante Resolucion Ministerial Nº 458-2002-MTC/15.03, de fecha 5 de agosto de 2002, se amplio el area de concesion otorgada a la empresa BOGA COMUNICACIONES S.A. a los distritos de Ancon, Carabayllo, Chaclacayo, Cieneguilla, Lurigancho, Lurin, MORDAZA, Pucusana, MORDAZA MORDAZA, Punta MORDAZA, Punta Negra, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, de la provincia y departamento de MORDAZA, y el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao; habiendose suscrito la adenda correspondiente el 16 de agosto de 2002; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 496-2001MTC/15.03 se transfirio a favor de BOGA COMUNICACIONES S.A., la concesion otorgada a la empresa YOMEL PERU S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 334-95-MTC/15.17, modificada por Resolucion Ministerial Nº 324-2000MTC/15.03, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en los distritos de Chiclayo, MORDAZA, Monsefu, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Picsi, La MORDAZA, MORDAZA, Eten, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; habiendose suscrito la adenda correspondiente el 17 de octubre de 2001; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 906-2006MTC/03, de fecha 26 de diciembre de 2006, se amplio el area de concesion otorgada mediante Resolucion de Presidencia Nº 010-97-PD/OSIPTEL y Resolucion Ministerial Nº 180-97-MTC/15.03, modificada por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98-MTC/15.03 y 4582002-MTC/15.03 a la empresa BOGA COMUNICACIONES S.A., incluyendo todo el Territorio de la Republica del Peru, a excepcion del area que cuenta con concesion segun Resolucion Ministerial Nº 334-95-MTC/15.17, modificada por Resolucion Ministerial Nº 324-2000-MTC/15.03, y segun Resolucion de Presidencia Nº 010-97-PD/ OSIPTEL y Resolucion Ministerial Nº 180-97-MTC/15.03, modificada con Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98MTC/15.03 y 458-2002-MTC/15.03; suscribiendose la adenda correspondiente el 10 de enero de 2007; Que, mediante escrito con registro P/D Nº 048710, de fecha 11 de junio de 2007, se comunico a este Ministerio sobre la modificacion del estatuto social y la adecuacion de BOGA COMUNICACIONES S.A. a una sociedad anonima cerrada, variando asi a BOGA COMUNICACIONES S.A.C.; Que, mediante solicitud de la vista la empresa BOGA COMUNICACIONES S.A.C. solicita ampliacion de modalidad a fin de operar el Servicio de Distribucion de Radiodifusion por Cable en la modalidad de Difusion Directa por Satelite; Que, mediante Informe Nº 142-2007-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones concluye que es procedente modificar el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 180-97MTC/15.03, modificado con Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98-MTC/15.03, 458-2002-MTC/15.03 y 9062006-MTC/03, ampliando la modalidad del servicio concedido a Difusion Directa por Satelite, para cuya modalidad se amplia el area de concesion a todo el territorio de la Republica del Peru; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, y Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la modalidad del servicio de distribucion de radiodifusion por cable, concedido a BOGA COMUNICACIONES S.A.C. mediante Resolucion de Presidencia Nº 010-97-PD/OSIPTEL, modificada por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98-MTC/15.03, 4582002-MTC/15.03 y 906-2006-MTC/03, a Difusion Directa por Satelite, para cuya modalidad se amplia el area de

concesion a todo el territorio de la Republica del Peru, conforme al Anexo 1-A que forma parte de la Adenda que se aprueba mediante la presente Resolucion y que se incorpora al Anexo 1 del contrato de concesion, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 180-97-MTC/15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98MTC/15.03, 458-2002-MTC/15.03 y 906-2006-MTC/03. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente a la modalidad de Difusion Directa por Satelite a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2-A de la Adenda que se aprueba mediante la presente Resolucion y que se incorpora al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado con Resolucion Ministerial Nº 180-97-MTC/15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98-MTC/15.03, 458-2002-MTC/15.03 y 906-2006-MTC/03 y Resolucion Jefatural Nº 059-2002-MTC/15.03.UECT. Articulo 3º.- Aprobar la Descripcion de la Red correspondiente a la modalidad de Difusion Directa por Satelite, conforme al Anexo 3-A de la Adenda que se aprueba mediante la presente Resolucion, el cual se incorpora al Anexo 3 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 180-97-MTC/15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98MTC/15.03, 458-2002-MTC/15.03 y 906-2006-MTC/03. Articulo 4º.- Aprobar la modificacion de los numerales 3.01 "Servicio Concedido" y 3.03 "Uso del Espectro Radioelectrico" de la Clausula Tercera, asi como, la incorporacion de la Clausula Vigesima Tercera denominada "Contrato de Facilidades Satelitales", al contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 18097-MTC/15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98-MTC/15.03, 458-2002-MTC/15.03 y 9062006-MTC/03. Articulo 5º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se modifica el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 180-97-MTC/15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 338-98-MTC/15.03, 458-2002-MTC/15.03 y 906-2006-MTC/03 y Resolucion Jefatural Nº 059-2002-MTC/15.03.UECT a fin de formalizar lo resuelto en los articulos precedentes; y autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones encargado de las funciones de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la referida Adenda en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica de las Adendas que se suscriban. Articulo 6º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion de la adenda correspondiente, la empresa debera cumplir previamente con presentar la carta fianza que asegure el inicio de la prestacion del servicio en la modalidad ampliada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 111800-1

Designan Presidente de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 531-2007-MTC/01 MORDAZA, 21 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 044-2002MTC/15.01, se constituyo la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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