Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2008 (13/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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LICENCIAS RETENIDAS Q09216098 Q09430385 Q25842129 FA-0070805 N04086024 Q10200540 Q09952243 Q41744789 Q41477738

A NOMBRE DE MORDAZA PACAHUALA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDINOLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WILLMAN MORDAZA

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en FM, en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 464-2008-MTC/03 MORDAZA, 8 de agosto de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2007-038756, presentado por don MORDAZA VILLENA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chocope - Ascope Paijan - MORDAZA Grande, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 801-2007MTC/17, del 20 de junio de 2007, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chocope - Ascope - Paijan - MORDAZA Grande; Que, los dias 7 y 17 de setiembre de 2007, se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de Sobres Nºs. 1, 2, 3 y 4, y Apertura de Sobres Nºs. 1 y 2, asi como de Apertura de los Sobres Nºs. 3 y 4, y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chocope - Ascope Paijan - MORDAZA Grande, departamento de La MORDAZA, a don MORDAZA VILLENA MORDAZA, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, en el numeral 26 de las Bases del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17 se establecio que los adjudicatarios de la Buena Pro que postularon para el servicio de radiodifusion con finalidad educativa no podran modificarla, ni cualquier condicion u obligacion referido a la misma, en virtud del trato preferencial otorgado en el mencionado Concurso; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 2057-2008MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don MORDAZA VILLENA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 098-2004-MTC/03 y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a don MORDAZA VILLENA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para

Que, asimismo, senala que luego de realizadas las consultas ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, se determino que las imagenes de los rostros que figuran en las licencias retenidas, no corresponden a las imagenes del rostro de las personas cuyos nombres figuran en las mencionadas licencias, motivo por el cual se realizaron las indagaciones necesarias ante el SAT y el Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos - SUNARP, a fin de poder determinar la identidad de las personas que figuran en las licencias retenidas; Que, finalmente, concluye que, de la verificacion de las papeletas de infraccion que dieron lugar a la retencion de dichas licencias, se presume que los propietarios de los vehiculos en el momento en el que se cometieron las infracciones, tendrian pleno conocimiento respecto de las caracteristicas e identificacion de las personas que conducian sus vehiculos, por lo que considera viable que se le autorice a iniciar las acciones legales correspondientes; Que, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el Articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667 establece que, para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, conforme al Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC, una de las funciones de la Procuraduria Publica es representar y defender los derechos e intereses del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Que, segun se aprecia, el hecho MORDAZA descrito configura delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Articulo 427º del Codigo Penal), por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos que interponga las acciones legales correspondientes contra los que resulten responsables; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs 17537 y 17667, la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 237432-1

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