Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2008 (17/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de agosto de 2008

trafico local originado en TUPs, mientras que en marzo de 2008 dicho porcentaje se incremento a 39%). Trafico de larga distancia.- Respecto del trafico de larga distancia nacional originado en los TUPs de Telefonica, se aprecia que este tambien se ha ido reduciendo. El referido trafico muestra una entre el ano 2004 y marzo de 2008. De otro lado, el trafico de larga distancia internacional muestra una tendencia irregular. d) Trafico de los servicios moviles. El mayor dinamismo presentado por los servicios moviles puede explicar la disminucion del trafico originado en los TUPs, posiblemente debido a un efecto de sustitucion entre las llamadas originadas en los TUPs (en gran proporcion perteneciente a la planta de Telefonica) y las llamadas originadas en las redes de los servicios moviles, especialmente hacia las llamadas moviles onnet. En ese contexto y frente a dicho dinamismo, el trafico local TUP-Movil disminuyo durante el 2007; a la par que el trafico de larga distancia nacional tambien se redujo. A nivel agregado, el trafico de llamadas moviles on-net ha ganado participacion dentro del trafico total originado en los servicios moviles, ya que dicha participacion ha pasado de 80% en el 2004 a 94% en el 2008. e) Evolucion de los ingresos. Las reducciones en el trafico de TUPs derivan en reducciones en su nivel de ingresos. Sobre el particular, se observa que- de acuerdo a la informacion remitida por Telefonica- entre el 2006 y el 2007, los ingresos operativos por este servicio se redujeron en 8%. Respecto del nivel de ingresos correspondiente al ano 2007, de acuerdo a lo reportado por Telefonica, el trafico local originado en sus TUPs le genera el 66% de sus ingresos; sin embargo, este trafico es el que ha disminuido en los ultimos anos. 4. Costo de la provision del acceso a los TUPs de Telefonica. Tomando en cuenta el modelo de costos a partir del cual se establecio el actual cargo tope de acceso a los TUPs de Telefonica en el 2006, se desprende que los componentes de costos que tienen mayor importancia relativa en la estructura de costos de la provision del acceso a los TUPs son los costos de los equipos (30%), arrendamiento de locales (25%) y pago por renta mensual (14%). En la solicitud presentada por Telefonica el componente arrendamiento de locales representa el 28% de los costos totales, mientras que la renta mensual y el costo de los equipos representan el 18% de los costos totales, cada uno. Al respecto, de acuerdo a lo reportado por Telefonica, los costos por minuto, atribuidos a la renta mensual y al arrendamiento de locales, experimentaron incrementos de 83% y 69%, respectivamente, respecto de los costos por minuto establecidos en el modelo que determino el cargo tope vigente. Asimismo, los costos por minuto atribuidos a los equipos se redujeron en 13%. Estos efectos derivaron en que Telefonica solicite un incremento del 47% en el cargo tope de acceso a los TUPs de su empresa. 5. Conclusiones. i. De acuerdo al MORDAZA legal, por excepcion, el OSIPTEL puede iniciar el procedimiento de revision del cargo de acceso a los TUPs de Telefonica, que esta vigente desde el 9 de MORDAZA de 2006, siempre que hayan ocurrido cambios sustanciales en el uso de la prestacion que deriva en el citado cargo de acceso, y en sus costos. ii. Existen argumentos para la revision del cargo de acceso a TUP, basados en el comportamiento del trafico originado en los TUPs y la necesidad de revisar los costos de los componentes del acceso a los TUPs. iii. Se ha producido una reduccion sustantiva del trafico en la telefonia de uso publico, especialmente en lo referido a las llamadas TUP-fijo. En lo referente a las llamadas TUP-movil se ha producido una reduccion del trafico hasta el ano 2007, pero en los ultimos meses este trafico ha mostrado una importante recuperacion. iv. Asimismo, la empresa ha informado que sus costos se han incrementado tambien de manera importante. En ese contexto, es necesario que los componentes del

costos MORDAZA revisados para determinar, de ser asi, la magnitud de dicha variacion. v. Por ende, es pertinente iniciar el procedimiento de oficio para la revision del cargo de acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A. 239720-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

Regulan participacion y vigilancia ciudadana en el seguimiento y control de la labor efectiva del Personal de Salud en la Direccion Regional de Salud de Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL Nº 114-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 16 de MORDAZA de 2008. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA PARTICIPACION CIUDADANA Y VIGILANCIA EN EL SEGUIMIENTO DE LA LABOR EFECTIVA DEL PERSONAL DE LA SALUD DEL AMBITO RURAL DE LA REGION DE SALUD DE HUANCAVELICA Que, conforme establecen los Articulos 188° y 191° de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promoviendo el desarrollo de la economia regional en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, asumiendo competencia exclusiva en materia de agricultura, educacion, salud y medio ambiente, a su turno. Que, de acuerdo a lo previsto en los Articulos I, II y II del Titulo Preliminar de la ley Nº 26842 ­ Ley General de Salud, la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la proteccion de la salud es de interes publico; por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, teniendo como premisa que toda persona tiene derecho a la proteccion de su salud en los terminos y condiciones que establece la Ley. Asimismo el Articulo XVIII, de la acotada Ley establece que el Estado promueve la participacion de la comunidad en la gestion de los servicios publicos de salud. Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 49º y Literales "g" y "h", regula como funciones organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevencion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion en materia de salud, en coordinacion con los Gobiernos Locales, asi como supervisar y fiscalizar los servicios de salud publicos y privados. Que, la participacion de la poblacion es una condicion necesaria para asegurar el sustento y la legitimacion de las politicas sociales lo que contribuye con el desarrollo de mejores practicas democraticas, con la responsabilidad compartida, respetando los roles de cada actor, y con el control social, se orienta a asegurar la continuacion de la prestacion de servicios de salud en los diferentes establecimientos de salud, en caso de paralizaciones de labores de su personal en la comprension de todos sus grupos ocupacionales y niveles jerarquico administrativo.

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