Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2008 (17/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de agosto de 2008

- Ley de Bases de la Descentralizacion, Nº 27783 y modificatorias - Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972 y modificatorias - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Nº 28056 - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, Nº 27293 y modificatorias - Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 para el MORDAZA del Presupuesto Participativo, aprobado por R. D. Nº 0212008-EF/76.01 Articulo 2º.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos a traves de los cuales se desarrolla el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2009. Articulo 3º.- Finalidad La presente ordenanza tiene por finalidad establecer el MORDAZA normativo, los mecanismos y procedimientos mediante los cuales los agentes participantes, intervienen en el MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo Distrital, precisando ademas los criterios para la identificacion, acreditacion, registro y capacitacion de los agentes participantes, el cronograma para el desarrollo de las actividades; la conformacion y responsabilidades del Equipo Tecnico, del Comite de Vigilancia del Presupuesto Participativo, asi como, garantizar la incorporacion en el presupuesto institucional de las actividades y proyectos priorizados, entre otros. CAPITULO II DEFINICIONES BASICAS Articulo 4º.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza se considerara las definiciones contenidas en el Articulo 1 del Reglamento de la Ley Nº 28056, aprobado por D.S. Nº 171-2003-EF y las definiciones contenidas del Glosario de Terminos - Anexo 15 - del Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01. TITULO II EQUIPO TECNICO Articulo 5º.- Equipo Tecnico El Equipo Tecnico tiene como mision brindar soporte tecnico en el desarrollo del MORDAZA del presupuesto participativo. Articulo 6º.- Conformacion del Equipo Tecnico El Equipo Tecnico esta conformado por: a) Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo presidira; b) Gerente de Desarrollo MORDAZA, quien actuara como Secretario Tecnico; c) Gerente de Comunicaciones y Participacion Vecinal; d) Gerente de Servicios a la Ciudad; e) Gerente de Seguridad Ciudadana; f) Gerente de Asesoria Juridica; g) Gerente de Administracion; h) Gerente de Bienestar Social; i) Un representante de la sociedad civil. Articulo 7º.- Representante de la sociedad civil El representante de la sociedad civil, podra ser un profesional con experiencia en gestion de proyectos en el sector publico, acreditado para tal efecto. Articulo 8º.- Responsabilidades del Equipo Tecnico Las responsabilidades del Equipo Tecnico, son: a) Brindar apoyo para la organizacion y ejecucion de las diferentes fases del MORDAZA del presupuesto participativo. b) Preparar la informacion para el desarrollo de los talleres de trabajo y la formalizacion de acuerdos.

c) Capacitar a los agentes sobre las distintas fases del proceso. d) Desarrollar la evaluacion tecnica y financiera de los proyectos, verificando que corresponde al ambito de competencia del nivel de Gobierno y a los estandares del Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo. e) Preparar y presentar la lista de proyectos que superaron la evaluacion tecnica. f) Informar a los agentes participantes la asignacion presupuestaria disponible para el desarrollo del proceso. g) Sistematizar la informacion y elaborar los instrumentos normativos y tecnicos que requiera el MORDAZA del presupuesto participativo. h) Registrar los resultados de los talleres en las actas correspondientes. TITULO III FASES DEL MORDAZA PARTICIPATIVO CAPITULO I CONVOCATORIA Articulo 9º.- Convocatoria La Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Local Distrital, convoca a la poblacion organizada a participar en el MORDAZA del Presupuesto Participativo, dando inicio al MORDAZA y desarrollo de las actividades inherentes. Articulo 10º.- Medios para la convocatoria La convocatoria se publicara a traves del MORDAZA electronico o pagina web municipal, www.munimolina.gob.pe , vitrinas de publicacion visibles en la Municipalidad. Asimismo, debera colocarse carteles en los modulos de Serenazgo o en la via publica y podra utilizarse la radio, periodicos, revistas u otros medios de difusion que se estime conveniente. CAPITULO II IDENTIFICACION Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES Articulo 11º.- Registro de agentes participantes Realizada la convocatoria la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal sera la encargada de registrar a los agentes participantes que representaran a la sociedad civil, esto es, a las organizaciones sociales de base, universidades, entidades publicas de desarrollo, organizaciones empresariales, colegios profesionales, asociaciones juveniles, comunidades, asociaciones de personas con discapacidad, mujeres, jovenes, ninos y otros en situacion de riesgo y vulnerabilidad, sea por razones de pobreza, etnicidad, violencia o genero. Articulo 12º .- Requisitos para el registro Para efectos del registro, los representantes de las organizaciones de la sociedad civil deberan presentar en la Unidad de Tramite Documentario y Archivo una solicitud dirigida a la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal, una solicitud de acuerdo al formato que obra en Anexo Nº 04 del Instructivo del Presupuesto Participativo. Los agentes participantes deben ser elegidos para cada MORDAZA participativo por las organizaciones a las cuales pertenecen, para actuar en su representacion. Aquellos actores que se encuentren acreditados por haber participado en procesos participativos de anos anteriores y si su status dentro de la organizacion que representa se mantiene, solo debera confirmar su participacion por escrito, a fin de evitar la MORDAZA de los mismos documentos de acreditacion cada ano. Articulo 13º .- Procedimiento del registro Recibida la solicitud, la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal remitira la misma al Equipo Tecnico quien evaluara si la organizacion social o institucion ha cumplido con lo dispuesto en la presente ordenanza, de ser asi, se procedera al registro del agente participante acreditado, caso contrario, la observara.

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