Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2008 (15/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 15 de enero de 2008

Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion de Concesiones Mineras y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de diciembre del 2007, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 151194-1

de la Clase CIIU-Rev. 3 "Hoteles, campamentos y otros tipos de hospedaje temporal", asi como aprobar el formulario respectivo y establecer el plazo MORDAZA para la MORDAZA de la informacion solicitada; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y la visacion de la Sub Jefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la encuesta "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje" a nivel nacional que sera ejecutada por la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y las Direcciones Regionales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. Articulo 2º.- La citada encuesta esta dirigida en MORDAZA Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, en forma exhaustiva a todos los establecimientos de hospedaje Clasificados y Categorizados -por la autoridad competente de Turismo- como de cinco (5), cuatro (4), tres (3) estrellas y a los albergues; y por seleccion de una muestra aleatoria de las categorias dos (2) estrellas, una (1) MORDAZA y del estrato de los No Clasificados/No Categorizados. La relacion se anexa a la presente Resolucion. En las otras Regiones del MORDAZA, incluyendo la Region MORDAZA, la encuesta se dirige a la totalidad de establecimientos de hospedaje. Articulo 3º.- Aprobar el formulario de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente Resolucion, el mismo que sera aplicado por autoempadronamiento a las personas naturales y juridicas ubicadas en el territorio nacional, durante los meses de enero a diciembre del 2008. Articulo 4º.- Las unidades informantes o establecimientos seleccionados a que se refiere el Articulo 2º de la presente Resolucion, podran acceder al formulario electronico disponible en la pagina Web del MINCETUR (http://www.mincetur.gob.pe) o solicitar gratuitamente el formato impreso en la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio ubicada en la MORDAZA Uno Oeste Nº 050, sotano 1, Urbanizacion Corpac-San MORDAZA en Lima; y, en otras ciudades del MORDAZA en las Direcciones Regionales, Sub Regionales y Zonales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. Articulo 5°.- Establecer como plazo MORDAZA a nivel nacional, para la MORDAZA de la informacion de la "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje" solicitada, hasta el octavo dia habil de concluido cada mes. Articulo 6°.- Las personas naturales y juridicas seleccionadas devolveran, sin costo alguno, a las Oficinas competentes, los formularios debidamente diligenciados. Articulo 7º.- Las empresas que incumplan con la MORDAZA de la "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje", en la fecha establecida seran multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 90º y 91º del D. S. Nº 0432001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 151809-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la realizacion de la encuesta "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje" a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 012-2008-INEI MORDAZA, 9 de enero de 2008 Visto el Oficio Nº 034-2007-MINCETUR/SG/OGIE, de la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), solicitando autorizacion para la ejecucion de la encuesta "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Basicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, mediante documento del visto, la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), solicita la ejecucion de la encuesta "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje", con la finalidad de elaborar los indicadores economicos que permitan medir la capacidad hotelera ofertada y su grado de utilizacion en el nivel Regional y Nacional; con el proposito de evaluar, estimular u orientar las iniciativas privadas que satisfagan las crecientes demandas y mejoras en la calidad de los servicios de alojamiento ofrecidos; Que, en ese sentido es necesario autorizar la ejecucion de la encuesta "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2008 para Establecimientos de Hospedaje", dirigida a personas naturales y juridicas ubicadas en el territorio nacional que se dediquen a prestar servicios

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