Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2008 (15/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 15 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Articulo 74º del mismo cuerpo legal, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la ley; senalando que las Ordenanzas son de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que por D.S Nº 156-04-EF, se aprueba el T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal, que establece los tributos y rentas de los Gobiernos Locales, entre los cuales se encuentra el Impuesto Predial, que grava el valor de los predios urbanos y rusticos cuya recaudacion y fiscalizacion del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 543-2007VIVIENDA, publicado el 30 de octubre del 2007, se aprueba los Valores Unitarios Oficiales de Edificacion para la Costa, MORDAZA y MORDAZA, asi tambien por Resolucion Ministerial Nº 546-2007-VIVIENDA, publicado el 30 de octubre del 2007 se aprueba los Planos Basicos Arancelarios de los distritos de la Provincia de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao, y por Resolucion Ministerial Nº 126-2007 se aprueba la Tabla de Depreciacion por Antiguedad y Estado de Conservacion de Edificaciones la misma que se encuentra en vigencia para el presente ejercicio; Que con Decreto Supremo Nº 209-2007-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas determina el valor de la Unidad Impositiva Tributara (UIT) en S/. 3,500.00 (Tres Mil Quinientos Nuevos Soles), para el ano 2008; Que el Articulo 13º del T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por D.S Nº 156-04-EF facultad a las municipalidades a establecer un monto minimo a pagar por concepto de 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del ano al que corresponde el impuesto; Que, conforme a la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, debiendo cobrar por dichos servicios no mas de 0.4% de la UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA vigente al 1 de enero de cada ejercicio: Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributo y de hoja de liquidacion del Impuesto Predial para el ejercicio 2008. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los senores regidores miembros del concejo y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2008 Articulo 1º.- Aprobar la Emision Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial correspondientes al ejercicio tributario 2008. Articulo 2º.- Fijese en S/. 13.00 (Trece y 00/100 Nuevos Soles) el monto que debera abonar los

contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de Declaracion Jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2008. Este derecho se abonara conjuntamente con el pago fraccionado. Por cada predio adicional (PU) se abonara la suma de S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Articulo 3º.- Establecer como fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial del ejercicio 2008. a) Al contado hasta el ultimo dia habil de febrero 2008 b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales cuyo vencimiento son los siguientes: 1ra. Cuota : 2da. Cuota : 3ra. Cuota : 4ta. Cuota : hasta el 29 febrero del 2008 hasta el 30 MORDAZA del 2008 hasta el 29 agosto del 2008 hasta el 28 noviembre del 2008

Articulo 4º.- Aprobar el Cuadro de Estructura de Costos de Emision Mecanizada de las hojas de liquidacion referente a la hoja de liquidacion del impuesto predial que se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Establezcase que el monto minimo del Impuesto Predial para el ano 2008, es el 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el Articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Articulo 6º.- En caso de cesion de uso de superficie la construccion que se realice en el, al pertenecer el cesionario, sera materia de afectacion del Impuesto Predial, por lo que se le emitira su respectiva Declaracion Jurada de Autoavaluo Mecanizado, identificando al contribuyente con su respectivo codigo catastral a la construccion realizada, independiente del codigo catastral que corresponde al terreno. Articulo 7º.- Encarguese a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Dejese sin efecto cualquier otra disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 151486-1

Establecen monto por derecho de emision mecanizada de las hojas de liquidacion de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2008
ORDENANZA Nº 131-MDCH Chorrillos, 3 de enero del 2008 El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Chorrillos en Sesion Ordinaria de fecha 3 de enero del 2008;

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