Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2008 (15/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 15 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- APROBAR el Cronograma del MORDAZA Electoral de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales de MORDAZA MORDAZA, que en anexo adjunto forma parte del presente Decreto. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Desarrollo Social y Economico y al Departamento de Participacion Vecinal . DISPOSICION FINAL Unica.- Los nombres de los miembros integrantes del Comite Electoral seran difundidos en paneles convenientemente ubicados en los locales municipales. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA Anexo del Decreto de Alcaldia N° 001-2008-MDMM CRONOGRAMA DE ELECCION DE CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES DE MORDAZA MORDAZA ACTIVIDADES Convocatoria a elecciones Cierre del padron electoral Inscripcion de la lista de candidatos Publicacion de listas de candidatos Subsanacion de observaciones a la inscripcion MORDAZA de Tachas Absolucion de tachas Publicacion de listado definitivo Cierre de publicidad electoral Acto Electoral Proclamacion y entrega de credenciales Publicacion de resultados Instalacion y juramentacion de los consejos directivos 151624-1 FECHA 15 de enero de 2008 24 de enero de 2008 28 enero al 7 de febrero de 2008 8 de febrero de 2008 1 de febrero al 12 de febrero de 2008 11 y 12 de febrero de 2008 13 y 14 de febrero de 2008 15 de febrero de 2008 22 de febrero de 2008 23 de febrero de 2008 23 de febrero de 2008 25 de febrero de 2008 7 de marzo de 2008

su competencia, conforme lo establece el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su Art. 9º inciso 8, senala que, "corresponde al Concejo municipal, aprobar, modificar, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto acuerdos", asi mismo, el numeral 3 del Art. 83º de la citada Ley, expresa que, " Las Municipalidades Distritales en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, ejerce la funcion especifica de: 3.1 Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribucion, almacenamiento y comercializacion de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales; 3.2 Regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial. Que, la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, en su Art. 10º senala que, "La municipalidad podra autorizar la instalacion de toldos y/ o anuncios, asi como la utilizacion de la via publica en lugares permitidos, conjuntamente con la expedicion de la licencia de funcionamiento, para lo cual debera aprobar las disposiciones correspondientes. Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos, locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. El MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las Municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las Municipalidades provinciales y distritales; Que, es facultad de la Municipalidad Distrital, regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad provincial. La aguda realidad que expresan nuestras ciudades piden recobrar el Estado de Derecho, que signifique la recuperacion de los espacios abiertos, urbanos, publicos y de gozo social. Devolver la Calidad de MORDAZA MORDAZA, armonizando los espacios productivos con los espacios libres, que las veredas identifiquen a sus vecinos; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 8 y 14 del Art. 9º, asi como el Art. 40º y el inc. 3.2 del Art. 83º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Administracion del Comercio en la Via Publica en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, el mismo que consta de 10 (diez) Titulos, 35 (treinta y cinco) Articulos, 03 (tres) Disposiciones Complementarias y 03 (tres) Disposiciones Transitorias. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Servicios a la MORDAZA o la que haga sus veces y al Programa Especial de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL COMERCIO EN LA VIA PUBLICA DISTRITO DE MORDAZA EL MORDAZA TITULO I OBJETIVOS, ALCANCES, AMBITO DE APLICACION Articulo 1º El presente Reglamento tiene por objetivo normar los aspectos tecnicos, administrativos, que regulen el uso adecuado del espacio publico,

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban el Reglamento de Administracion del Comercio en la Via Publica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 164-MVES MORDAZA El MORDAZA, 21 de diciembre de 2007. POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Extraordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de

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