Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2008 (09/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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MORDAZA e Ica, se mantiene en suspenso la aplicacion del numeral 7.3 (Precision de Medida de la Energia) de la NTCSE, desde el 01 de MORDAZA de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2009. 2.2 En las mismas zonas de concesion y durante el mismo periodo, la NTCSE se aplica con las siguientes normas excepcionales:

JUSTICIA
Aceptan renuncia y designan Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del INPE
RESOLUCION SUPREMA N° 113-2008-JUS MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 051-2008JUS se reconstituyo el Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, designandose al senor MORDAZA PNP (r) MORDAZA Briceno Pomar como Tercer miembro encargado; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venia desempenando, siendo pertinente aceptarla y designar a la persona que ocupe dicho cargo de confianza; De conformidad con el Decreto Ley N° 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 137° del Codigo de Ejecucion Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 654; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia del senor MORDAZA PNP (r) MORDAZA Briceno Pomar como Tercer Miembro encargado del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar como Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario al senor General PNP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Silva. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 224064-5

2.2.1 Las tolerancias en los indicadores de Calidad de Suministro establecidas en el numeral 6.1.4 de la NTCSE se incrementan a dos (02) veces su valor en las zonas de concesion localizadas en la provincia de Canete, y a cuatro (04) veces su valor en las zonas de concesion localizadas las provincias de Chincha, MORDAZA e Ica. 2.2.2 Para todos los efectos del Titulo MORDAZA (Calidad de Suministro) de la NTCSE, el Periodo de Control comprende desde el 01 de MORDAZA de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2009 como un (01) solo periodo. Articulo 3°.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y se mantendra en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009. DISPOSICION TRANSITORIA

UNICA.- OSINERGMIN dictara una Base Metodologica especifica para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 224064-3 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 313-2008-MEM/DM Mediante Oficio Nº 672-2008-MEM/SEG, el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 313-2008-MEM/DM, publicada en nuestra edicion del dia 2 de MORDAZA de 2008. En el MORDAZA considerando: DICE: "...y hasta por un valor referencial de S/. 178,919.50 (CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 50/100 NUEVOS SOLES);" DEBE DECIR: "...y hasta por un valor referencial de S/. 178,919.50 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 50/100 NUEVOS SOLES);" En el Articulo 3º; DICE: "...hasta por el monto de 178,919.50 (CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 50/100 NUEVOS SOLES)..." DEBE DECIR: "...hasta por un valor referencial de S/. 178,919.50 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 50/100 NUEVOS SOLES)..." 223463-1

Cancelan titulo de Notario Publico del Distrito Notarial de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0359-2008-JUS MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe N° 026-2008-JUS/CN, de fecha 24 de junio de 2008, remitido por la Secretaria Tecnica del Consejo de Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 77-2008 CNL el Colegio de Notarios de MORDAZA comunica la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo del Notario Publico del distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, Distrito Notarial de Lambayeque; Que, el inciso c) del articulo 21° del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que, entre otras causales, el notario cesa por renuncia, por lo que resulta necesario cancelar el titulo de Notario otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la Corte Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, de fecha 23 de enero de 1950; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Ley N° 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el Decreto Supremo N° 019-2001-JUS, que aprueba el

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